¿Qué es el Test de Proporcionalidad?

El Test de Proporcionalidad es el método que permite evaluar si una ley que restringe un derecho fundamental es constitucionalmente válida. Se compone de tres sub-principios aplicables en orden: idoneidad (¿la medida es útil para el fin perseguido?), necesidad (¿existe una alternativa menos lesiva igualmente eficaz?) y proporcionalidad en sentido estricto (¿el beneficio justifica el sacrificio del derecho?). La SCJN ha reconocido este test como herramienta válida para el control constitucional. Para impugnar una ley en amparo, el concepto de violación debe estructurarse con base en estos tres pasos, citar jurisprudencia aplicable y demostrar la desproporción. El test no es teoría abstracta: ha logrado declarar inconstitucionales leyes en México, como el caso de la prohibición de venta de tabaco en misceláneas.

¿Cómo resolver lagunas normativas y axiológicas en el amparo?

Este post explica las diferencias entre las lagunas normativas y axiológicas, utilizando un caso sobre un emplazamiento por edictos como ejemplo. Una laguna normativa ocurre cuando el legislador no prevé un supuesto específico, creando un vacío que se resuelve mediante la supletoriedad, la analogía o los principios generales del derecho. Por otro lado, una laguna axiológica se presenta cuando, aunque existe una norma aplicable, el juez la considera inadecuada o injusta y la descarta, procediendo a construir una nueva solución conforme a los valores del sistema jurídico. Identificar correctamente el tipo de laguna es crucial para la estrategia litigiosa, especialmente al discutir la aplicación de leyes supletorias en un juicio de amparo.

Impugnación de Sentencias en Materia Mercantil

Cuando un juez en un juicio mercantil declara incorrectamente que una sentencia es irrecurrible, viola el principio de impugnación. Si la parte afectada, inducida a error por dicha declaración, promuebe un amparo directo, la respuesta judicial es precisa. Un Tribunal Colegiado concede la protección constitucional no para resolver el fondo del asunto, sino para ordenar a la autoridad que prescinda de la declaración de irrecurribilidad. Este efecto restituye al quejoso su derecho a interponer el recurso de apelación correspondiente. El amparo corrige así el error procesal, garantizando que el caso sea revisado en la instancia adecuada, donde se analizarán los conceptos de violación y el fondo de la controversia.

¿Qué pasa con la Sucesión en un matrimonio anulado?

El Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito determinó que, en juicios de nulidad matrimonial en Guerrero, es innecesario reponer el procedimiento para dar intervención a la sucesión del cónyuge fallecido. La declaración de nulidad, por sí sola, no genera perjuicios a los bienes de la sociedad conyugal, ya que solo invalida el vínculo matrimonial sin afectar la titularidad de los bienes comunes. La liquidación patrimonial debe realizarse en una vía incidental posterior, donde se garantizará el derecho de audiencia de la sucesión (artículo 14 constitucional). El tribunal destacó que, incluso si el cónyuge actuó de mala fe, no puede privársele de productos, ganancias o bienes comunes, para respetar los derechos de propiedad y protección familiar. Este criterio evita dilaciones procesales innecesarias.

¿Qué es la confianza legítima?

Ante la creciente invocación del principio de confianza legítima en litigios administrativos, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito ha emitido un criterio esclarecedor: este principio no obliga a las autoridades a resolver todos los casos de la misma manera, ni siquiera cuando existe una mayoría de precedentes en un sentido determinado.

El tribunal analizó el caso de una empresa que, tras recibir un permiso de la CRE por cuatro años, pretendía que se le otorgaran veinticinco años argumentando que esa era la vigencia otorgada en la mayoría de los casos similares. La confianza legítima, conforme a jurisprudencia de la Suprema Corte, protege expectativas generadas por la conducta persistente de la autoridad hacia un particular específico, no por comparación con terceros. Para su configuración, se requiere acreditar una aquiescencia tácita prolongada que haya inducido al particular a ajustar su conducta, no simplemente esperar uniformidad en las decisiones administrativas.