¿Qué hacer si el banco te deposita dinero por error?

Recibir un depósito bancario no identificado puede parecer una suerte, pero jurídicamente constituye un «pago de lo indebido» que obliga a devolver el dinero. Ante esta situación, lo primero es confirmar que realmente se trata de un error y no de una operación legítima. La regla fundamental es no gastar ni transferir esos fondos, pues disponer de ellos sabiendo que no te pertenecen puede generar responsabilidades civiles por enriquecimiento indebido. Debes notificar inmediatamente al banco por los canales oficiales y solicitar un folio de reporte que acredite tu buena fe. Si alguien te contacta directamente pidiendo la devolución, no realices transferencias por tu cuenta; permite que la institución bancaria gestione todo el proceso para evitar fraudes. Actuar con transparencia es la mejor defensa legal.

¿Cuáles son los cambios de la reforma de las 40 horas?

El 3 de marzo de 2026 se publicó en el DOF la reforma constitucional que reduce la jornada laboral a 40 horas semanales. La modificación a las fracciones IV y XI del Artículo 123 establece una implementación gradual: 48 horas en 2026, descendiendo año con año hasta llegar a 40 en 2030. Se protege expresamente que esta reducción no implique disminución de salarios ni prestaciones. En materia de horas extra, se fija un límite de 12 horas semanales (máximo 4 horas diarias, hasta 4 días por semana); si se excede, deberá pagarse al triple. Además, se eleva de 16 a 18 años la prohibición para que menores realicen trabajo extraordinario. El Congreso tiene 90 días para armonizar la legislación secundaria.

El Juez Correcto en el Amparo

En el juicio de amparo directo, el análisis de los presupuestos procesales, como la jurisdicción, es una obligación que debe realizarse de oficio por el Tribunal Colegiado de Circuito, sin que pueda dejarse al arbitrio de las partes. Un caso en Guerrero ejemplifica esto: una demanda laboral contra un organismo público descentralizado fue presentada ante una Junta Local, pero el Tribunal Colegiado determinó que esta carecía de jurisdicción. Aunque el decreto de creación del organismo mencionaba la Ley Federal del Trabajo para los derechos sustantivos, esto no definía al tribunal competente. La ley local correspondiente señala que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje es el órgano apto para resolver estos conflictos, garantizando así la tutela judicial efectiva.

Reparación del Daño y el artículo 495 de la Ley Federal del Trabajo

El Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito analizó si el artículo 495 de la Ley Federal del Trabajo viola el derecho a una reparación integral del daño. El caso surgió de una demanda contra una aseguradora por lesiones, donde la víctima argumentó que la norma limitaba la indemnización. El tribunal determinó que el artículo 495 LFT es constitucional, ya que establece una compensación proporcional para incapacidades parciales permanentes, considerando que la persona afectada aún puede desempeñar actividades laborales y generar ingresos. La indemnización, calculada en días de salario mínimo y complementada por el artículo 1915 del Código Civil para la Ciudad de México, busca equilibrar la reparación con la capacidad económica residual de la víctima, sin desconocer su derecho a una justa indemnización.

Rechazo del Amparo por la Firma Electrónica

El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito estableció que una demanda de amparo presentada en línea con firma autógrafa digitalizada del quejoso y firma electrónica del abogado autorizado no debe desecharse de plano. El juzgado originario la rechazó por considerar que carecía de voluntad expresa del agraviado, pero el tribunal colegiado determinó que esta configuración no constituye una causa manifiesta de improcedencia. Fundamentó su criterio en los principios pro persona y pro actione, así como en el derecho a una tutela jurisdiccional efectiva (artículo 17 constitucional), que prohíben formalismos innecesarios. Cuando existen indicios razonables de voluntad para promover el juicio —como la firma autógrafa digitalizada—, la irregularidad debe subsanarse mediante prevención, no mediante desechamiento. Así, las tecnologías facilitan el acceso a la justicia sin obstaculizar derechos.