¿Puede un tribunal anular cláusulas abusivas en contratos?
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Octavo Circuito estableció que los tribunales de alzada en Coahuila pueden apreciar de oficio cláusulas restrictivas en contratos de compraventa e interpretarlas a favor de la parte económica o culturalmente más débil cuando sean desproporcionadas. En el caso analizado, una persona física compró un inmueble a una institución bancaria, quien incumplió la entrega. Tras una sentencia absolutoria en primera instancia y confirmada en apelación, el amparo directo obligó a la Sala a revocarla, reconociendo el derecho a rescisión. El criterio se fundamenta en los artículos 1934, 2123 y 2047 del Código Civil de Coahuila, que obligan a proteger a la parte débil ante asimetrías y a equiparar consecuencias por incumplimiento contractual.