¿Autorización amplia en amparo? Basta tu cédula, no el registro del PJF
¿Es necesario que la cédula profesional esté registrada en el Sistema Computarizado del Poder Judicial Federal para obtener la autorización en términos amplios del artículo 12, párrafo segundo, de la Ley de Amparo? No. El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte resolvió que basta con proporcionar en el escrito de autorización los datos que acrediten que la persona es licenciada en derecho, los cuales pueden corroborarse en el Registro Nacional de Profesionistas de la SEP. El sistema interno del PJF es solo una herramienta administrativa para agilizar consultas, pero no constituye un requisito legal adicional. Exigir su registro restringiría injustificadamente el alcance de la autorización y afectaría el derecho de acceso a la justicia.