¿Qué protege el margen razonable del libre ejercicio profesional?
El Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa estableció un criterio fundamental: es improcedente sancionar administrativamente a servidores públicos cuando actúan dentro del margen razonable de su libre ejercicio profesional. Esto surgió tras un caso donde una agente del Ministerio Público fue sancionada por su interpretación jurídica al ejercer acción penal, a pesar de que su decisión estaba debidamente fundada. El Tribunal aclaró que este margen protege la discrecionalidad técnica y el criterio propio en la interpretación de normas, siempre que la actuación no sea arbitraria o carezca de motivación. El principio busca evitar que el temor a sanciones paralice el ejercicio profesional independiente y valioso dentro de la función pública.