Límites de abogados en juicios familiares
En un reciente caso de divorcio incausado, el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito determinó que los abogados autorizados en términos amplios en juicios familiares carecen de legitimación para solicitar medidas cautelares a su favor. Basado en el artículo 941 del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, el Tribunal señaló que, aunque los abogados tienen legitimación para defender a su cliente, no pueden plantear medidas que protejan sus propios intereses. Este criterio refuerza que la representación legal está limitada a los intereses del cliente, y cualquier conflicto personal del abogado debe resolverse en una vía distinta al juicio familiar. Un precedente clave para la práctica jurídica en materia familiar.