Formato fijación de Pensión sin matrimonio con deposito bancario

Esta demanda de pensión alimenticia se interpone cuando no existe matrimonio y el demandado tiene recursos económicos suficientes, demostrados mediante depósitos bancarios. La actora solicita: 1) fijación de pensión para sus hijos menores, 2) aseguramiento de la obligación mediante bloqueo de fondos en la cuenta del demandado, y 3) pago de costas judiciales. Se fundamenta en el incumplimiento de la obligación alimentaria (Código Civil de Jalisco) y se ofrecen pruebas como documentales (actas de nacimiento, comprobantes de gastos), testimoniales y confesional. Incluye medidas provisionales para garantizar el pago, como la retención bancaria. El modelo es útil para casos donde se requiere agilidad en el aseguramiento de alimentos sin necesidad de garantías adicionales.

Declaración de Concubinato en Jurisdicción Voluntaria

La declaratoria de concubinato en un procedimiento de jurisdicción voluntaria puede afectar los derechos del concubino no emplazado, incluso después de su fallecimiento. Un reciente criterio del Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito determinó que esta declaración incide no solo en el patrimonio (derechos hereditarios y obligaciones alimentarias), sino también en el libre desarrollo de la personalidad y el honor post mortem del difunto. Aunque la jurisdicción voluntaria no genera cosa juzgada, sus efectos jurídicos son relevantes, pues influyen en la memoria del fallecido y en su esfera jurídica. Este precedente refuerza la necesidad de garantizar la participación de todos los interesados en estos trámites, evitando afectaciones a derechos fundamentales.

Defensa legal para NNA migrantes

Los derechos de niñas, niños y adolescentes (NNA) migrantes incluyen una representación jurídica gratuita, efectiva y adecuada, según criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el ACNUR. Un caso reciente demostró que designar a un representante institucional no basta: la defensa debe ser activa, especializada y diligente. La Primera Sala de la SCJN estableció que los NNA migrantes, acompañados o no, requieren abogados capacitados en infancia y migración, que realicen actos jurídicos concretos (recursos, pruebas, argumentos). Las autoridades deben garantizar esta protección, evitando defensas simuladas. La sentencia refuerza la obligación del Estado de asegurar el interés superior del niño en procedimientos migratorios, exigiendo especialización y compromiso real de los representantes legales.

Convenios en divorcio incausado

La aprobación parcial de los convenios en un divorcio incausado permite resolver de forma inmediata los puntos acordados por las partes, dejando a salvo sus derechos para abordar en la vía incidental los aspectos controvertidos, como la liquidación de bienes. Este criterio, avalado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, establece que no se contraviene el artículo 33 de la Ley de Divorcio del Estado de Guerrero al privilegiar la autonomía de la voluntad. La ley no limita al juez a posponer todos los temas no consensuados, permitiendo que se aprueben parcialmente cláusulas aceptadas. Este enfoque ofrece certeza jurídica y optimiza el proceso, respetando la flexibilidad del marco normativo.

Amparo indirecto en casos de violencia familia

La Primera Sala de la SCJN determinó que el amparo indirecto es procedente contra la declinación de competencia en casos de violencia familiar, incluso si la autoridad declarada competente no se ha pronunciado. Este criterio excepcional, basado en la jurisprudencia P./J. 17/2015 (10a.), busca garantizar el acceso efectivo a la justicia para mujeres y niñas víctimas de violencia. Al considerar el contexto de violencia familiar, se evita que las reglas procesales de competencia generen un impacto diferenciado que afecte su seguridad e integridad. Este precedente refuerza la importancia de juzgar con perspectiva de género e infancia, priorizando el interés superior de la niñez y la tutela jurisdiccional efectiva.