Amparo Indirecto y Derechos de Adultos Mayores

El post detalla un criterio jurisprudencial clave sobre el amparo indirecto cuando se reclaman violaciones a derechos humanos de personas adultas mayores. Se establece que los jueces de distrito deben adoptar un papel activo durante el trámite, superando la pasividad procesal. Esto se ejemplifica con un caso donde un adulto mayor enfermo demandó al ISSSTE por la negativa de insumos médicos. Tras conceder una suspensión, el juzgador ignoró nuevos hechos presentados. El Tribunal Colegiado sostuvo que los jueces están obligados por la Constitución a proteger estos derechos con un enfoque interseccional, considerando la edad y el padecimiento, para ordenar las acciones necesarias que garanticen efectivamente el derecho a la salud y la vida.

¿Qué cambiaría con la Reforma Electoral 2026?

La Reforma Electoral 2026 propone cambios estructurales en el sistema electoral mexicano. En el Congreso, se mantienen 508 diputaciones, pero se añaden 8 escaños para la diáspora mexicana, mientras que el Senado elimina la representación proporcional. Los ayuntamientos se integrarán bajo un sistema mixto con límites claros en regidurías. Se reduce el financiamiento público al INE y partidos en un 25%, y la fiscalización será exclusiva del INE. El Consejo General del INE pasará de 11 a 9 consejeros. Las consultas populares se flexibilizan y se unifican con jornadas electivas. Finalmente, se reconoce formalmente a la diáspora mexicana, garantizando sus derechos político-electorales.

Cuándo se Considera Delito el Incumplimiento de Obligaciones Alimentarias

Un reciente criterio jurisprudencial resuelve la controversia sobre el período de comisión del delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias. Ante la contradicción de tribunales, ahora se establece que el delito se comete desde que el deudor deja de pagar hasta la fecha en que el Ministerio Público ejerce la acción penal, conforme al artículo 211 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Esto garantiza el principio de congruencia y la seguridad jurídica del procesado. La excepción es si el deudor cumple de forma ininterrumpida después de la denuncia pero antes del ejercicio de la acción; en ese caso, el período termina al reanudar los pagos. Cualquier incumplimiento posterior será investigado como un delito separado, protegiendo los derechos de las víctimas.

El Interés Superior de la Niñez por Encima de la Prescripción Penal

La imprescriptibilidad de los delitos contra niñas, niños y adolescentes en México es una realidad consolidada. El artículo 106 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que prohíbe la prescripción, es aplicable a la totalidad de los procedimientos penales. Este criterio resuelve una controversia judicial que limitaba su alcance a la materia civil o administrativo. La decisión se fundamenta firmemente en el principio del interés superior de la niñez, el cual faculta a flexibilizar normas procesales para garantizar una tutela efectiva. Sustentado en la Constitución y tratados internacionales, este mandato de orden público asegura que la acción penal contra quienes agreden a este grupo vulnerable nunca prescriba, garantizando el acceso pleno a la justicia.

La reserva de ley y el control del tabaco

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Artículo 60 del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco no viola los principios de Reserva de Ley y Subordinación Jerárquica. El debate se centró en si un reglamento podía especificar las características de las zonas para fumar. La Corte determinó que la norma es constitucional porque la propia Ley, en su Artículo 27, ya establecía que dichas zonas debían estar al aire libre y facultaba a la Secretaría de Salud a emitir las disposiciones reglamentarias necesarias. Por lo tanto, el reglamento no crea obligaciones nuevas, sino que complementa y da operatividad a lo dispuesto en la Ley, cumpliendo así su función de detallar la norma para su correcta aplicación.