Pena proporcional en el Abuso de autoridad
El delito de abuso de autoridad contra subalterno, sancionado con 8 a 12 años de prisión según el artículo 339, párrafo segundo, fracción II, del Código Penal del Estado de México, fue analizado por la SCJN para determinar su proporcionalidad. La Primera Sala concluyó que la pena no viola el principio de proporcionalidad de las penas (artículo 22 constitucional), ya que es similar a las impuestas por otros delitos de corrupción que protegen el correcto funcionamiento de la administración pública. Este fallo refuerza la lucha anticorrupción y armoniza con el Sistema Nacional Anticorrupción, destacando la importancia de sancionar con rigor los actos de abuso de autoridad para garantizar la integridad en el servicio público.