Prima de antigüedad en el contrato colectivo del IMSS: Cuantificación y procedimiento especial

La prima de antigüedad en el contrato colectivo del IMSS reconoce el esfuerzo del trabajador al concluir su relación laboral. Si en su cálculo no se incluyen prestaciones extralegales percibidas regularmente, como estímulos por puntualidad, actividades recreativas o fondo de ahorro, los trabajadores pueden reclamar su correcta integración. Según el artículo 892 de la Ley Federal del Trabajo, estos casos deben tramitarse mediante procedimiento especial. Este criterio jurídico amplía los derechos laborales al permitir la incorporación de beneficios adicionales en la prima y garantiza procesos claros en disputas laborales. La clave para trabajadores, empleadores y abogados radica en documentar adecuadamente las prestaciones para asegurar una resolución justa. Esta jurisprudencia refuerza la protección y equidad en el ámbito laboral mexicano.

Incremento de la pensión por incapacidad permanente parcial

En materia de pensiones por incapacidad permanente parcial, el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito determinó que, cuando se demuestra un porcentaje de disminución orgánico funcional mayor al reclamado, la pensión debe incrementarse al grado probado, aunque difiera del solicitado. Este criterio se basa en la jurisprudencia de la SCJN, que establece que el trabajador no está obligado a precisar el grado de incapacidad en su demanda. Los artículos 841 y 842 de la Ley Federal del Trabajo refuerzan este principio, al exigir que los laudos se emitan a «verdad sabida y buena fe guardada». Así, se garantiza una pensión justa y acorde con la realidad médica del trabajador.

La omisión genérica de proveer la ejecución de un laudo no desecha la demanda de amparo

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que una demanda de amparo no debe desecharse de plano cuando se reclama la omisión genérica en la ejecución de un laudo laboral. Este criterio surge ante interpretaciones contradictorias de los tribunales sobre la procedencia de desechar la demanda sin tramitarla. Según la Corte, cuando se plantea esta omisión, el Juzgado debe contar con mayores elementos para determinar si existe realmente el acto reclamado. Esta postura asegura el derecho a la tutela judicial efectiva, protegiendo al trabajador que obtuvo un laudo favorable, al evitar que una posible inacción de la autoridad afecte el cumplimiento de sus derechos laborales.

La licencia por cuidados médicos no debe limitarse a padres con hijos con cáncer

La licencia por cuidados médicos en México permite a padres trabajadores cuidar de sus hijos en situaciones críticas; sin embargo, actualmente está limitada a casos de cáncer, dejando fuera a familias con hijos que padecen otras enfermedades graves. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que esta restricción es discriminatoria y viola los derechos de igualdad, seguridad y previsión social, ya que no contempla otras enfermedades que también requieren cuidados intensivos. Apoyándose en tratados internacionales, la Corte destaca la importancia de una legislación que incluya enfermedades graves adicionales, asegurando que los padres puedan atender a sus hijos en periodos críticos, hospitalizaciones o tratamientos paliativos, siempre con la intención de proteger el interés superior de los menores.

La omisión de perspectiva de género en amparo

La omisión de perspectiva de género en amparo En los casos de amparo directo en materia laboral, resulta fundamental entender cómo se interpreta la perspectiva de género en el ámbito de los derechos laborales y quiénes pueden legítimamente invocar su aplicación. La reciente postura del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito … Leer más