Convenio y Cosa Juzgada

En un juicio civil, cuando las partes celebran un convenio para poner fin a la litis y el juez lo aprueba, este adquiere la categoría de cosa juzgada, volviéndose inmutable. Conforme al criterio del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, es improcedente el recurso de apelación contra dicha resolución aprobatoria. El fundamento es que el convenio, al ser elevado a cosa juzgada, adquiere la misma autoridad y eficacia de una sentencia ejecutoriada. Permitir su impugnación a través de un recurso menoscabaría la esencia de esta institución, diseñada para otorgar certeza jurídica y finalidad a los acuerdos que ponen fin a los conflictos, conforme al artículo 223 del Código de Procedimientos Civiles de Puebla.

Caducidad en Juicio de Laudo Arbitral

La caducidad de la instancia es aplicable al juicio especial de reconocimiento y ejecución de laudo arbitral. Un Tribunal Colegiado de Circuito así lo estableció al resolver que, ante la laguna legislativa en el capítulo específico del Código de Comercio, deben aplicarse las reglas generales del artículo 1076. Esta sanción procesal procede para evitar procedimientos perpetuos y garantizar los principios de seguridad jurídica y justicia pronta y expedita consagrados en la Constitución. El tribunal destacó que la ley especial no prohíbe expresamente la caducidad y que esta figura es compatible con la preclusión, ya contemplada en el juicio, reafirmando que la carga del impulso procesal corresponde a las partes.

Aviso de Desahucio por Vencimiento de Plazo

Este modelo corrige un «aviso de jurisdicción voluntaria» —improcedente para este caso— y lo convierte en una demanda de desahucio contencioso por vencimiento del contrato de arrendamiento. Incluye requisitos esenciales: identificación de partes, domicilio, contrato adjunto, fecha de vencimiento, requerimiento previo de desocupación, y fundamento en los artículos 2398 y 2483 del Código Civil, y 893 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal. Ofrece pruebas idóneas (documental pública, testimonial, inspección judicial) y peticiones concretas: traslado al demandado, plazo para desocupar bajo apercibimiento de lanzamiento, y condena a restitución del inmueble, rentas vencidas y costas. Es un formato técnico, ajustado a la ley, para recuperar la posesión legal del inmueble.

Perspectiva de género en violencia juvenil

La violencia en el noviazgo adolescente exige que órganos jurisdiccionales y administrativos identifiquen y prevengan sus manifestaciones para proteger derechos humanos. En un caso analizado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, una estudiante de la UNAM denunció actos de violencia de género por un compañero. Tras un procedimiento con garantías de audiencia, se impuso una suspensión de seis meses al agresor por violencia psicológica, confirmada judicialmente. El criterio subraya que este fenómeno sigue un patrón cíclico (tensión, agresión, reconciliación) que agrava la vulnerabilidad de la víctima. Datos de la Encuesta Nacional sobre Violencia en el Noviazgo revelan alta prevalencia de violencia psicológica, sexual y física, normalizada por estereotipos de género. Las autoridades deben implementar prevención, capacitación y sanciones proporcionales para evitar su escalada.

Apelación contra presentación de herederos hermanos

El modelo presenta un recurso de apelación contra un auto que reconoció a los hermanos del de cujus como herederos en un juicio sucesorio intestado. Los promoventes (cónyuge e hijos del fallecido) argumentan que dicho auto viola los artículos 1601-1603 del Código Civil local, que establecen el orden de sucesión: el cónyuge y los hijos excluyen a los hermanos. Sostienen que los hermanos solo heredan si no existen descendientes, ascendientes ni cónyuge (art. 1337). El recurso solicita se revoque el auto y se envíe el testimonio al Tribunal Superior. Se adjuntan pruebas como actas de nacimiento, matrimonio y el auto apelado. El escrito fundamenta la apelación en los artículos 693-694 del Código de Procedimientos Civiles, buscando corregir la errónea aplicación de las reglas sucesorias.