Justicia en enfermedades raras
El derecho a la salud en casos de enfermedades raras implica una obligación concreta para las instituciones públicas. Un reciente criterio jurídico, derivado de un amparo de un menor con Síndrome de Morquio contra el IMSS, establece que estas entidades deben gestionar responsablemente los fondos para gastos catastróficos. El Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito determinó que no es una facultad, sino un deber, activar los mecanismos para aplicar los recursos del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud. Esta obligación abarca la planeación, adquisición y suministro de tratamientos, asegurando que la existencia de un fondo económico se traduzca en la atención efectiva del paciente y en la garantía de su derecho humano a la salud.