Legitimación del endosatario en la Acción Causal en la Vía Oral Civil

La acción causal en la vía oral civil permite reclamar obligaciones derivadas de la relación jurídica que originó un título de crédito, incluso si este ha perdido su carácter ejecutivo. El Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito determinó que el endosatario en procuración, como tenedor del título y mandatario para el cobro, está legitimado para ejercer esta acción. Basado en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se estableció que el endoso en procuración sigue siendo válido, otorgando efectos probatorios en juicio. Este criterio refuerza la seguridad jurídica y garantiza el cumplimiento de obligaciones contractuales en el marco de los títulos de crédito.

Recurso de revocación en el amparo directo

El recurso de revocación, regulado por el artículo 465 del Código Nacional de Procedimientos Penales, es un requisito indispensable para cumplir con el principio de definitividad en el sistema penal acusatorio. Antes de promover un juicio de amparo directo contra el auto que declara inadmisible el recurso de apelación (casación) interpuesto contra una sentencia condenatoria, es obligatorio agotar este recurso. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que omitirlo actualiza una causal de improcedencia, conforme al artículo 61, fracción XVIII, de la Ley de Amparo. Este recurso garantiza que se utilicen todos los medios ordinarios de impugnación antes de acudir a la revisión constitucional, fortaleciendo el marco procesal y asegurando el respeto al estado de derecho.

Límites de abogados en juicios familiares

En un reciente caso de divorcio incausado, el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito determinó que los abogados autorizados en términos amplios en juicios familiares carecen de legitimación para solicitar medidas cautelares a su favor. Basado en el artículo 941 del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, el Tribunal señaló que, aunque los abogados tienen legitimación para defender a su cliente, no pueden plantear medidas que protejan sus propios intereses. Este criterio refuerza que la representación legal está limitada a los intereses del cliente, y cualquier conflicto personal del abogado debe resolverse en una vía distinta al juicio familiar. Un precedente clave para la práctica jurídica en materia familiar.

Prima de antigüedad en el contrato colectivo del IMSS: Cuantificación y procedimiento especial

La prima de antigüedad en el contrato colectivo del IMSS reconoce el esfuerzo del trabajador al concluir su relación laboral. Si en su cálculo no se incluyen prestaciones extralegales percibidas regularmente, como estímulos por puntualidad, actividades recreativas o fondo de ahorro, los trabajadores pueden reclamar su correcta integración. Según el artículo 892 de la Ley Federal del Trabajo, estos casos deben tramitarse mediante procedimiento especial. Este criterio jurídico amplía los derechos laborales al permitir la incorporación de beneficios adicionales en la prima y garantiza procesos claros en disputas laborales. La clave para trabajadores, empleadores y abogados radica en documentar adecuadamente las prestaciones para asegurar una resolución justa. Esta jurisprudencia refuerza la protección y equidad en el ámbito laboral mexicano.

Demanda de Amparo y salud mental infantil

El escrito es un juicio de amparo indirecto promovido por una madre en representación de sus dos hijas menores, quienes requieren terapia psicológica especializada por antecedentes de violencia familiar. Se impugna la decisión de un juez familiar que prohibió a una asociación civil continuar brindando el tratamiento, ordenando que se realizara únicamente en una institución pública. La quejosa alega que la decisión carece de fundamentación técnica, vulnera el derecho a la salud mental de las niñas y su interés superior, y viola principios constitucionales y de la Convención sobre los Derechos del Niño. Solicita la protección de la justicia federal, la suspensión del acto reclamado y la suplencia de la queja.