Legitimación del endosatario en la Acción Causal en la Vía Oral Civil

La acción causal en la vía oral civil permite reclamar obligaciones derivadas de la relación jurídica que originó un título de crédito, incluso si este ha perdido su carácter ejecutivo. El Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito determinó que el endosatario en procuración, como tenedor del título y mandatario para el cobro, está legitimado para ejercer esta acción. Basado en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se estableció que el endoso en procuración sigue siendo válido, otorgando efectos probatorios en juicio. Este criterio refuerza la seguridad jurídica y garantiza el cumplimiento de obligaciones contractuales en el marco de los títulos de crédito.

Los Ciberdelitos y IA en el derecho penal mexicano

La inteligencia artificial (IA) ha transformado tanto la comisión como la prevención de ciberdelitos en México, planteando desafíos legales sin precedentes. Los delitos cibernéticos, como phishing, deepfakes y ransomware, se han vuelto más sofisticados con el uso de IA, mientras que las herramientas de esta tecnología también son clave para combatirlos. Sin embargo, la falta de regulación específica, la atribución de responsabilidad y los riesgos a la privacidad dificultan su abordaje legal. Para enfrentar estos retos, es urgente reformar el Código Penal Federal, crear leyes específicas sobre IA y ciberseguridad, fortalecer las capacidades institucionales y fomentar la cooperación internacional. La actualización del marco jurídico mexicano es esencial para garantizar seguridad y justicia en un entorno digital en constante evolución.

Recurso de revocación en el amparo directo

El recurso de revocación, regulado por el artículo 465 del Código Nacional de Procedimientos Penales, es un requisito indispensable para cumplir con el principio de definitividad en el sistema penal acusatorio. Antes de promover un juicio de amparo directo contra el auto que declara inadmisible el recurso de apelación (casación) interpuesto contra una sentencia condenatoria, es obligatorio agotar este recurso. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que omitirlo actualiza una causal de improcedencia, conforme al artículo 61, fracción XVIII, de la Ley de Amparo. Este recurso garantiza que se utilicen todos los medios ordinarios de impugnación antes de acudir a la revisión constitucional, fortaleciendo el marco procesal y asegurando el respeto al estado de derecho.

Límites de abogados en juicios familiares

En un reciente caso de divorcio incausado, el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito determinó que los abogados autorizados en términos amplios en juicios familiares carecen de legitimación para solicitar medidas cautelares a su favor. Basado en el artículo 941 del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, el Tribunal señaló que, aunque los abogados tienen legitimación para defender a su cliente, no pueden plantear medidas que protejan sus propios intereses. Este criterio refuerza que la representación legal está limitada a los intereses del cliente, y cualquier conflicto personal del abogado debe resolverse en una vía distinta al juicio familiar. Un precedente clave para la práctica jurídica en materia familiar.

Límites y criterios en controversias patrimoniales con perspectiva de género

El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito determinó que el deber de juzgar con perspectiva de género es improcedente en controversias que reclaman derechos estrictamente patrimoniales, como el pago por el uso exclusivo de un inmueble en copropiedad entre exparejas. Este criterio establece que dicho análisis solo es aplicable cuando existen situaciones de violencia o vulnerabilidad por género que obstaculicen una justicia completa e igualitaria. En el caso revisado, se resolvió que los factores relacionados con la guarda y custodia de un menor ya habían sido tratados en un juicio familiar, por lo que la disputa debía resolverse conforme a derecho estricto, evitando traslapar cuestiones patrimoniales y familiares en diferentes procedimientos.