Amparo laboral sin reconsideración
En el juicio laboral, la omisión de señalar fecha para la audiencia preliminar puede generar retrasos injustificados. Según el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo, basado en la Jurisprudencia 2a./J. 63/2022 (11a.), no es necesario agotar el recurso de reconsideración (art. 871 LFT) antes de promover un amparo indirecto, siempre que exista dilación procesal. El Tribunal consideró que este recurso no es eficaz, pues su resolución depende de la misma audiencia no programada. Además, debe acreditarse un retraso excesivo (como superar los 45 días naturales). Este criterio evita trámites infructuosos y garantiza acceso efectivo a la justicia. Es clave para abogados y justiciables que enfrenten demoras injustificadas en procesos laborales.