La Negativa Ficta sobre Solicitudes ante Autoridad Administrativa

La negativa ficta es un principio jurídico que se activa cuando una autoridad administrativa no responde a una solicitud en un plazo de tres meses, interpretándose como un «no» implícito. Este mecanismo, según el artículo 17 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se configura al presentar la solicitud ante la autoridad competente, sin que sea necesario que la entrega sea personal. Un caso reciente destacó que el requerimiento de pago presentado ante una autoridad judicial no constituía negativa ficta, pero un criterio judicial afirmó que se permite el uso de medios alternativos para presentar la solicitud. Este derecho protege a los solicitantes ante la inacción administrativa, garantizando una respuesta oportuna.

Notificación Electrónica en el Juicio de Amparo: ¿Transgrede el Derecho a una Tutela Judicial Efectiva?

La Primera Sala de la SCJN determinó que el artículo 31, fracción III, de la Ley de Amparo, que establece reglas para la notificación electrónica, no viola el derecho a una tutela judicial efectiva y acceso a la justicia. Aunque la notificación electrónica surte efectos el día de la consulta, a diferencia de la personal que surte efectos al día siguiente, esta distinción no genera desigualdad procesal, ya que la vía electrónica es opcional. Las partes que eligen este método asumen sus ventajas y obligaciones, como consultar diariamente el sistema. La SCJN destacó que esta modalidad facilita el acceso a la justicia y refleja el uso de tecnologías para agilizar los procesos judiciales.

La Premeditación en el homicidio y el principio non bis in idem, Legislación de Guanajuato

El artículo 153, fracción I, párrafo primero, del Código Penal de Guanajuato, que regula la premedita-ción en el homicidio, fue analizado por la Primera Sala de la SCJN, la cual determinó que no viola el principio non bis in idem. Aunque el dolo y la premeditación están vinculados, son figuras distintas: el dolo implica la intención de cometer el delito, mientras que la premeditación requiere un periodo de reflexión antes de ejecutarlo. La SCJN destacó que ambos ocurren en momentos diferentes del iter criminis, justificando así que la premeditación sea sancionada con mayor severidad sin constituir doble punición. Este criterio refuerza la importancia de diferenciar elementos del delito para una co-rrecta aplicación de la ley.

¿Cuándo Procede el Amparo Directo en Sentencias de Divorcio sin Expresión de Causa?

El amparo directo procede contra sentencias que declaran la disolución del vínculo matrimonial en divorcios sin expresión de causa y resuelven provisionalmente cuestiones como alimentos, según la legislación de Guerrero. Aunque algunos tribunales argumentaron que decisiones provisionales debían impugnarse mediante amparo indirecto, el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil determinó que dichas sentencias son definitivas en su totalidad, al abarcar tanto la disolución como sus consecuencias. Este criterio se respalda en el artículo 170 de la Ley de Amparo y jurisprudencia de la SCJN, que establece que el carácter definitivo de una sentencia incluye todas las determinaciones contenidas en ella, incluso provisionales. Esto garantiza certeza jurídica y permite la revisión integral del fallo mediante amparo directo.

Principio de Progresividad y la Prohibición de Regresividad para Actos Legislativos

El principio de progresividad de los derechos humanos exige que el Estado avance en la protección de estos derechos, estableciendo un nivel mínimo de protección que no puede ser regresivo. La prohibición de regresividad impide que los actos legislativos limiten el alcance de derechos previamente reconocidos. A través de un juicio de amparo indirecto, se analizó la derogación de la Ley Federal de Cinematografía y la extinción del FIDECINE, argumentando que representaba una violación al principio de no regresividad. Para evaluar esta violación, se deben considerar el nivel de protección anterior, los cambios realizados y sus efectos. La regresión sólo puede justificarse si las autoridades demuestran esfuerzos suficientes para satisfacer el derecho en cuestión.