Ruidos, mascotas y obras no autorizadas: ¿Cómo actuar según la Ley de Condominios
Los conflictos en condominios como ruidos molestos, mascotas no controladas u obras no autorizadas tienen soluciones claras en la Ley de Propiedad en Condominio de la CDMX. El Artículo 21 prohíbe actos que afecten la tranquilidad, seguridad o estructura del edificio. Ante ruidos excesivos, notifica al administrador y acude a la Procuraduría Social, que puede imponer multas hasta 500 UMA. Para mascotas, el reglamento interno puede establecer restricciones, y su dueño responde por daños. Frente a obras ilegales, denuncia ante la delegación territorial para suspenderlas en 10 días, con multas hasta 5,000 UMA. Las vías legales incluyen conciliación en la Procuraduría Social o acciones en asamblea. Actuar con pruebas y mediante canales formales es clave para proteger tus derechos.