Ruidos, mascotas y obras no autorizadas: ¿Cómo actuar según la Ley de Condominios

Los conflictos en condominios como ruidos molestos, mascotas no controladas u obras no autorizadas tienen soluciones claras en la Ley de Propiedad en Condominio de la CDMX. El Artículo 21 prohíbe actos que afecten la tranquilidad, seguridad o estructura del edificio. Ante ruidos excesivos, notifica al administrador y acude a la Procuraduría Social, que puede imponer multas hasta 500 UMA. Para mascotas, el reglamento interno puede establecer restricciones, y su dueño responde por daños. Frente a obras ilegales, denuncia ante la delegación territorial para suspenderlas en 10 días, con multas hasta 5,000 UMA. Las vías legales incluyen conciliación en la Procuraduría Social o acciones en asamblea. Actuar con pruebas y mediante canales formales es clave para proteger tus derechos.

¿Qué es la Iniciativa Preferente?

La Iniciativa Preferente es un mecanismo constitucional en México que permite al Presidente de la República agilizar el proceso legislativo de proyectos que considera prioritarios para la nación. Establecida en el artículo 71 de la Constitución, esta facultad le permite presentar hasta dos iniciativas con este carácter al inicio de cada periodo ordinario de sesiones. Una vez recibida, la Cámara de origen tiene un plazo máximo de 30 días naturales para discutirla y votarla. Si no lo hace, la propuesta se convierte automáticamente en el primer asunto del orden del día de la siguiente sesión. El mismo procedimiento y plazo se aplican en la Cámara revisora, asegurando un trámite expedito. En esencia, es una herramienta diseñada para priorizar y acelerar la aprobación de leyes consideradas primordiales para el país.

¿Es improcedente la Responsabilidad patrimonial?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que la indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado es improcedente en casos de despido injustificado e incumplimiento de un laudo laboral. Este mecanismo constitucional, de naturaleza extracontractual, solo aplica para reparar daños causados por una actividad administrativa irregular del Estado, no por incumplimientos dentro de una relación laboral donde funge como patrón. La improcedencia de esta vía no vulnera el derecho de acceso a la justicia, pues el trabajador debe reclamar through los procedimientos laborales específicos para obtener la reparación integral del daño, que es la vía jurídica correcta y efectiva.

EDesvío de Recursos sin Beneficio Personal es Sancionable

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la falta administrativa de desvío de recursos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRASP) es compatible con los tratados internacionales. Se determinó que, a diferencia del ámbito penal, la norma administrativa nacional no requiere acreditar que el servidor público obtuviera un beneficio personal para sí o un tercero. Lo esencial y reprochable, tanto para la ley mexicana como para los convenios internacionales, es que los recursos públicos se hayan desviado del fin legal al que estaban destinados. Este criterio fortalece el marco jurídico de combate a la corrupción al ofrecer claridad y certeza en la aplicación de sanciones administrativas.

Despido injustificado en el gobierno

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los trabajadores burocráticos con funciones de base, cesados sin justificación antes de obtener estabilidad laboral, tienen derecho a: 1) pago de salarios devengados, 2) salarios caídos, 3) inscripción retroactiva en el ISSSTE y 4) continuar en sus funciones durante el periodo de evaluación (artículo 6° de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado). El criterio se basa en el artículo 123, apartado B, constitucional y busca proteger a empleados públicos despedidos arbitrariamente. Aunque no garantiza nombramiento definitivo, sí obliga a las dependencias a respetar sus derechos laborales. Este fallo refuerza la seguridad jurídica de quienes desempeñan labores esenciales sin inamovilidad.