El 2 de abril de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, la cual contempla el capítulo denominado “de los delitos”,  que enuncia las siguientes acciones que pueden incurrir las partes que intervienen en el Juicio de Amparo:

Si te gustó este post no olvides en darle “Like” o compartirlo en tus redes sociales, y si tienes algún comentario por favor házmelo saber a través de la caja de comentarios, me gustaría escuchar tu opinión. No olvides suscribirte a mis redes sociales que te dejaré a continuación para seguir en contacto y sigas las nuevas publicaciones.

Te envío un saludo.

Alejandro.

Twitter: @AntitesisJ

Facebook: /antitesisjuridica

Instagram: @antitesisjuridica

 

Conoce los formatos del Blog y descárgalos completamente gratis en:

Deja un comentario