La revisión de las bolsas por parte de las tiendas departamentales es un tema de gran controversia en cuanto a su legalidad. En México, la Ley Federal de Protección al Consumidor establece en su artículo 10 que está prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad, seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación.

Por tanto, la inspección de bolsos por parte de las tiendas departamentales se encuentra prohibida, y en caso de incumplimiento, los proveedores de bienes o servicios pueden ser sancionados con multas que oscilan entre $965.49 a $3’776,174.62 (Actualizado al 21/12/2022). Además, deberán reparar el daño moral y pagar la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado.

Es importante destacar que, en caso de que alguien sea sorprendido en la comisión flagrante de un delito, los proveedores, sus agentes o empleados deben limitarse, bajo su responsabilidad, a poner sin demora al presunto infractor a disposición de la autoridad competente.

En cuanto al procedimiento para determinar el incumplimiento de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Procuraduría notificará al presunto infractor de los hechos motivo del procedimiento y le otorgará un término de diez días hábiles para que rinda pruebas y manifieste por escrito lo que a su derecho convenga. En caso de no rendirlas, la Procuraduría resolverá conforme a los elementos de convicción de que disponga.

La Procuraduría admitirá las pruebas que estime pertinentes y procederá a su desahogo. Asimismo, podrá solicitar del presunto infractor o de terceros las demás pruebas que estime necesarias. Concluido el desahogo de las pruebas, la Procuraduría notificará al presunto infractor para que presente sus alegatos dentro de los dos días hábiles siguientes. La Procuraduría resolverá dentro de los quince días hábiles siguientes. Se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

En conclusión, la revisión de las bolsas por parte de las tiendas departamentales se encuentra prohibida por la Ley Federal de Protección al Consumidor. Los proveedores de bienes o servicios que incumplan con esta disposición podrán ser multados y deberán reparar el daño moral y pagar la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado.

¿Cuáles son tus Derechos del Consumidor?

De conformidad con la Ley Federal de Protección al Consumidor, los derechos del consumidor en Tiendas de Autoservicio y Departamentales son los siguiente:

  1. Te deben respetar los precios exhibidos de los productos o servicios.
  2. Debes recibir comprobante, recibo o factura de compra.
  3. No te deben condicionar la venta de productos o servicios por ningún motivo.
  4. Los productos y servicios deberán cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas y las disposiciones en materia de seguridad y calidad.
  5. Que la publicidad que te presentan sea clara, veraz y se respete lo ofrecido.
  6. Que te respeten las promociones y ofertas.
  7. Las garantías que te ofrezcan la compra un bien o contratar un servicio deben ser entregadas por escrito, especificando alcance, vigencia y mecanismos para hacerla efectiva. Éstas no deberán ser menores a 60 días.
  8. Si el proveedor no cumple con lo ofrecido, puedes elegir entre la reposición o la devolución de tu dinero.
  9. En operaciones a crédito, el proveedor debe informarte el precio total número de pagos, intereses, así como términos y condiciones en general.
  10. Tienes derecho a ser escuchado y atendido por la PROFECO ante cualquier inconformidad o incumplimiento que atente contra tus derechos e intereses.

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