Los artículos 145 de la Ley Federal del Trabajo y 51 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, señalan que los créditos que administre el Fondo Nacional de la Vivienda estarán cubiertos por un seguro por incapacidad total permanente o de muerte del trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor del citado organismo, derivadas de esos créditos.

Cancelación de Adeudo del INFONAVIT

ASUNTO: se solicita la liberación del adeudo

que se indica por defunción de la acreditada

y la adjudicación y escrituración libre todo

gravamen de la vivienda que se precisa

en favor del beneficiario que se menciona.

INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA

VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

Presente. –

Atte: SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE CARTERA.

[_________ ___________ __________], promoviendo por mi propio derecho y en nombre y representación de mis menores hijas de nombres [___________, ___________ y __________] de apellidos [_____________ _____________], según así lo acredito con la copia certificada de las actas de nacimiento que de las mismas acompaño al presente escrito, señalando como domicilio para oír y recibir citas, notificaciones personales y/o documentos el ubicado en [___________________ ____________ __________________ ___________ __________], autorizando indistintamente para que en nombre y representación de la suscrita y de mis representadas, reciban notificaciones, realicen trámites, gestiones y comparecencias que fueren necesarias, en los términos del último párrafo del artículo 19 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a los CC. [_________ ___________ __________], [_________ ___________ __________], así como a los CC. [_________ ___________ __________] [_________ ___________ __________] [_________ ___________ __________], con el debido respeto ante ese H. Instituto comparezco y expongo lo siguiente.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 145 de la Ley Federal del Trabajo, 51 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y 52 del Estatuto Orgánico del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de mayo de 2020, vengo en nombre y representación de la menor [_________ ___________ __________], a solicitar la liberación del adeudo contraído por quien en vida llevó el nombre de [_________ ___________ __________], con motivo del crédito habitacional número [______________] que le fue otorgado por ese H. Instituto, así como la adjudicación y escrituración libre de todo gravamen a nombre de la menor [_________ ___________ __________], de la vivienda ubicado en el [________________ __________ ___________ ___________ ________________________ _____________________________].

Sirven de base de este formal reclamo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1.- La C. [_________ ___________ __________] durante los años [ ________ a _________] estuvo sujeto a una relación laboral con diversos patrones, por lo cual el Instituto Mexicano del Seguro Social le asignó el número de afiliación o de seguridad social [________________], según lo acredito con las copias de los siguientes documentos:

a) Aviso de Modificación de Salario de fecha [___] de [_______] de [____], presentado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social el día [___] de [___] de [___], por el patrón “[_________________________]” cuyo número de registro patronal es [_______________].

b) Aviso de Inscripción de fecha [___] de [_______] de [____], presentado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social el día [___] de [_______] de [____], por el patrón “[_________________________]” cuyo número de registro patronal es [_______________].

c) Aviso de Inscripción de fecha [___] de [_______] de [____], presentado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social el día [___] de [_______] de [____], por el patrón “[_________________________]” cuyo número de registro patronal es [_______________].

d) Aviso de Inscripción de fecha [___] de [_______] de [____], presentado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social el día [___] de [_______] de [____], por el patrón “[_________________________]” cuyo número de registro patronal es [_______________].

e) Aviso de Inscripción de fecha [___] de [_______] de [____], presentado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social el día [___] de [_______] de [____], por el patrón “[_________________________]” cuyo número de registro patronal es [_______________].

f). Aviso de Baja de fecha [___] de [_______] de [____], presentado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social el día [___] de [_______] de [____], por el patrón “[_________________________]” cuyo número de registro patronal es [_______________].

2.- Debido a la relación laboral existente entre la C. [_________ ___________ __________] y los diversos patrones, se causaron y en su oportunidad se enteraron las aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda, lo que motivó que ese H. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con fecha [___] de [_______] de [____], otorgara a la citada persona el crédito número [__________], en cantidad de $[____,______.___] ([____________ _____________ ____________] [__]/100, M.N.), equivalente a [____] ([___________ ___________]) veces el salario mínimo mensual vigente en dicha fecha en la Ciudad de México, el cual fue ejercido por dicha persona bajo la línea de crédito I para la adquisición de la vivienda ubicada en [________________ __________ ___________ ___________ ________________________ _____________________________], mismo que la C. [_________ ___________ __________] ofreció para garantizar el pago del crédito que le fue otorgado, constituyéndose la Hipoteca sobre dicha vivienda y partes alícuotas de la misma en primer grado y en favor de ese H. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, según lo acredito con los siguientes documentos:

a) Instrumento número [_________], de fecha [___] de [_______] de [____], mismo que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad en [________________] el cual adjunto al presente escrito en copia simple.

b) Certificado de Entrega de Vivienda y Otorgamiento de Crédito de fecha [___] de [_______] de [____], el cual adjunto al presente escrito en copia simple.

c) Recibo de pago por suministro de energía eléctrica expedido por Luz y Fuerza del Centro, el cual adjunto en original al presente escrito.

d) Recibo oficial número [_________], expedido por el Municipio de Tultitlán, Estado de México, por concepto de pago del Impuesto Predial causado durante el periodo comprendido del [___] de [_______] de [____] al [___] de [_______] de [____], el cual adjunto en copia simple al presente escrito.

3.- Con fecha [___] de [_______] de [____], la C. [_________ ___________ __________] comunicó a ese H. Instituto, que con fundamento en lo dispuesto en el artículo [___] de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, designaba como beneficiario a su hijo [_________ ___________ __________], para que en caso de que la misma falleciera, se le otorgara la liberación del adeudo derivado del crédito que le fue otorgado y se le adjudicara a éste la vivienda que la misma adquirió de ese H. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, según lo acredito con los siguientes documentos.

a) El documento denominado “DESIGNACIÓN EXPRESA DE BENEFICIARIOS”, el cual adjunto en copia certificada al presente escrito.

b) La credencial para votar expedida por el entonces Instituto Federal Electoral a nombre de la C. [_________ ___________ __________], misma que anexo al presente escrito en copia certificada.

c) Acta de nacimiento del C. [_________ ___________ __________], expedida por la C. Juez [_________] del Registro Civil del [_________], la cual adjunto al presente escrito en copia certificada.

4.- Es el caso que el día [___] de [_______] de [____], la C. [_________ ___________ __________] falleció, según lo acredito con el Acta de Defunción número [_____], de fecha [___] de [_______] de [____], levantada por el C. Juez [_________] del Registro Civil de la [_________], misma que anexo a este escrito en copia certificada.

5.- Como el C. [_________ ___________ __________], hija y beneficiario de quien en vida llevó el nombre de [_________ ___________ __________], al momento del fallecimiento de dicha persona no contaba con la mayoría de edad, la suscrita promovió las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria de Nombramiento de Tutor, ante el Juez [______________] de lo Familiar del [_________], quien en fecha [___] de [_______] de [____], dictó resolución dentro del expediente número [_________], por laque designó a la suscrita como Tutriz de la menor [_________ ___________ __________], según lo acredito con las copias certificadas de dicho expediente y con la copia certificada de la credencial para votar expedida a mi nombre por el entonces Instituto Federal Electoral, documentos que adjunto al presente escrito para acreditar la personalidad y representación con la que me ostento ante ese H. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

6.- Como a la fecha el área de cartera vencida de ese H. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores pretende exigir el pago del adeudo contraído por quien en vida llevó el nombre de [_________ ___________ __________], ocurro ante ese H. Instituto en nombre y representación de la menor [_________ ___________ __________], a solicitar la liberación del adeudo contraído por dicha persona, con motivo del crédito habitacional número [_________] que le fue otorgado por ese H. Instituto, así como la adjudicación y escrituración libre de todo gravamen a nombre de la menor [_________ ___________ __________], de la vivienda ubicada en [_____________ ________________- ____________________ _______________ ____________- __________], de conformidad con lo dispuesto en los artículos 145 de la Ley Federal del Trabajo, 51 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y 52 del Estatuto Orgánico del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de mayo de 2020, lo cual es procedente en base a los siguientes:

RAZONAMIENTOS LÓGICO-JURÍDICOS.

Es procedente la liberación del adeudo que deriva del crédito No. [_________], mismo que le fue otorgado a quien en vida llevó el nombre de [_________ ___________ __________], toda vez que en el caso se encuentran satisfechos los requisitos exigidos por los artículos 145 de la Ley Federal del Trabajo, 51 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

A fin de acreditar lo anterior, conviene transcribir el contenido literal de los preceptos legales antes enunciados.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

ARTÍCULO 145.- Los créditos que se otorguen por el organismo que administre el Fondo Nacional de la Vivienda, estarán cubiertos por un seguro, para los casos de incapacidad total permanente o de muerte, que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor del citado organismo, derivadas de esos créditos.

Para tales efectos, se entenderá por incapacidad total permanente la pérdida de facultades o aptitudes de una persona, que la imposibiliten para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida, cualquiera que sea la naturaleza del riesgo que la haya producido.

Tratándose de los casos de incapacidad parcial permanente, cuando ésta sea del 50% o más, o invalidez definitiva, se liberará al trabajador acreditado del adeudo, los gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto, siempre y cuando no sea sujeto de una nueva relación de trabajo por un período mínimo de dos años, lapso durante el cual gozará de una prórroga sin causa de intereses, para el pago de su crédito. La existencia de cualquiera de estos supuestos deberá comprobarse ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, dentro del mes siguiente a la fecha en que se determinen.”

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.

ARTÍCULO 51.- Los créditos que el Instituto otorgue a los trabajadores estarán cubiertos por un seguro para los casos de incapacidad total permanente o muerte, que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto derivados de esos créditos.

Para estos efectos, se entenderá por incapacidad total permanente la pérdida de las facultades o actitudes de una persona, que la imposibilite para desempeñar cualquier trabajo el resto de su vida, cualquiera que sea la naturaleza del riesgo que haya producido.

El costo del seguro a que se refieren los párrafos anteriores quedará a cargo del Instituto.

A fin de proteger el patrimonio de los trabajadores, el Instituto podrá participar con empresas públicas y privadas para promover el desarrollo así como el abaratamiento de esquemas de aseguramiento a cargo de los acreditados, que permitan ampliar la cobertura de siniestros.

Tratándose de los casos de incapacidad parcial permanente, cuando ésta sea del 50% o más, o invalidez definitiva, en los términos de la Ley del Seguro Social, se liberará al trabajador acreditado del adeudo, los gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto, siempre y cuando no sea sujeto de una nueva relación de trabajo por un período mínimo de dos años, lapso durante al cual gozará de una prórroga, sin causa de intereses, para el pago de su crédito. La existencia de cualquiera de estos supuestos deberá comprobarse ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores dentro del mes siguiente a la fecha en que se determinen.

Los trabajadores acreditados podrán manifestar expresamente su voluntad ante el Instituto, en el acto del otorgamiento del crédito o posteriormente, para que en caso de muerte, la liberación de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio que existan a favor del Instituto, así como la adjudicación del inmueble libre de aquéllos, se haga en beneficio de las personas que designen conforme a lo que señala el artículo 40 de esta Ley, con la prelación ahí establecida, cuando así lo haya manifestado expresamente el trabajador, con sólo las formalidades previstas en el penúltimo párrafo del artículo 42 de esta misma Ley y la constancia que asiente el Instituto sobre la voluntad del trabajador y los medios con que se acrediten la capacidad e identidad de los beneficiarios. En caso de controversia, el Instituto procederá exclusivamente a la liberación referida y se abstendrá de adjudicar el inmueble.

En los casos a que se refiere el párrafo anterior, los registros públicos de la propiedad correspondientes deberán efectuar la inscripción de los inmuebles en favor de los beneficiarios, cancelando en consecuencia la que existiere a nombre del trabajador y los gravámenes o limitaciones de dominio que hubieren quedado liberados.”

De lo anterior puede advertirse que por disposición de la misma ley, los créditos que otorgue el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, deben estar cubiertos por un seguro cuyo costo corre a cargo de dicho Instituto, el cual tiene por objeto proteger el patrimonio de los trabajadores que presenten estados de incapacidad, invalidez o muerte, mismo que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor de dicho organismo derivados de dichos créditos.

En el particular, si la acreditada [_________ ___________ __________] falleció el pasado [___] de [_______] de [____] y, si la misma designó expresamente ante ese H. Instituto como su beneficiaria a la menor [_________ ___________ __________], es claro que el caso debe operar el seguro de referencia y por consecuencia, es procedente la liberación del adeudo contraído ante ese H. Instituto por quien en vida llevó el nombre de [_________ ___________ __________], con motivo del crédito número No. [_________], aún cuando dicha persona no se encontrara al corriente en los pagos mensuales respectivos al presentarse dicha contingencia (muerte).

Apoyan los razonamientos antes expuestos, la Tesis de Jurisprudencia número 3/2004, sostenida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resultante de la Contradicción de Tesis 151/2003-SS, entre las sustentadas por el Segundo y Tercero Tribunales Colegiados ambos en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, la cual es consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, correspondiente a la Novena Epoca, Tomo XIX, febrero de 2004, Páginas 204 y 205, cuyo rubro y contenido me permito transcribir a continuación.

“INFONAVIT. LOS ARTICULOS 145 DE LA LEY FEDERAL DE TRABAJO Y 51 DE LA LEY DE DICHO INSTITUTO, QUE PREVÉN LOS CASOS Y CONDICIONES EN QUE LOS CRÉDITOS QUE OTORGUE ESTARÁN CUBIERTOS POR UN SEGURO QUE LIBERE A LOS TRABAJADORES O A SUS BENEFICIARIOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ELLOS, NO EXIGEN QUE EL ACREDITADO ESTÉ AL CORRIENTE DE LOS PAGOS MENSUALES RESPECTIVOS AL MOMENTO DE PRESENTARSE LA CONTINGENCIA.- Los indicados preceptos legales disponen que los créditos que otorgue el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, estarán cubiertos por un seguro en los casos y con las condiciones ahí previstos, que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor de dicho organismo derivados de esos créditos. Asimismo, de conformidad con lo previsto en la exposición de motivos del artículo 51 de la Ley de ese Instituto, se advierte que el citado seguro tiene por objeto que no se ponga en peligro el patrimonio familiar derivado de los derechos otorgados a los trabajadores y que cesen las obligaciones contraídas con el mencionado Instituto. Atento lo anterior, es indudable la liberación del trabajador o de sus beneficiarios de todas las obligaciones derivadas del respectivo contrato de crédito, entre ellas la de los pagos mensuales correspondientes, con independencia de que el acreditado se encuentre al corriente de dichos pagos al momento de presentarse la contingencia, máxime que no aparece elemento alguno que determine lo contrario o que condicione la aplicación del referido seguro.”

Ahora bien, el derecho de mi representado para la liberación del adeudo contraído por quien en vida llevó el nombre de [_________ ___________ __________], no sólo deriva de lo dispuesto por los artículos 145 de la Ley Federal del Trabajo y 51 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, sino también de lo expresamente pactado en el contrato de “OTORGAMIENTO DE CRÉDITO Y CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA HIPOTECARIA”, celebrado entre ese H. Instituto y la C. [_________ ___________ __________], el cual consta en el Instrumento número [_________], en cuya Cláusula Sexta se advierte lo siguiente.

S E X T A.- CAJA DE SEGUROS.- En cumplimiento de los artículos ciento cuarenta y cinco de la Ley Federal del Trabajo y cincuenta y uno de la Ley del INFONAVIT, y en los términos establecidos por dichos preceptos, el TRABAJADOR o sus beneficiarios quedarán liberados de las obligaciones y gravámenes que se constituyen en este acto a favor del INFONAVIT y, por tanto, del saldo insoluto del crédito a que se refiere este instrumento en los casos de muerte, incapacidad total permanente, incapacidad parcial permanente de cincuenta por ciento o más o por invalidez definitiva del TRABAJADOR.. El costo de dicho seguro quedará a cargo del Instituto.

 Asimismo, en caso de fallecimiento, además de la liberación del crédito mencionado, el INFONAVIT procederá a la adjudicación del inmueble a favor de las personas que haya designado el TRABAJADOR como beneficiarios, de conformidad al artículo cuarenta de la Ley del INFONAVIT, en los términos previstos por el artículo cincuenta y uno de ese ordenamiento legal.

De la cláusula anteriormente descrita, no sólo se advierte el derecho de mi representado para reclamar a ese H. Instituto la liberación del adeudo que deriva del crédito número No. [_________], otorgado a favor de quien en vida llevó el nombre de [_________ ___________ __________], sino incluso también el derecho que tiene para reclamar de ese H. Instituto, la adjudicación y escrituración libre de todo gravamen y a su nombre, de la vivienda ubicada en [_____________ _______________ _______________-___________ __________________ ___________________ _______________].

Por lo antes expuesto y fundado, a ese H. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, atentamente pido se sirva acordar:

PRIMERO. Tenerme por presentada en los términos de esta promoción, reconociendo la personalidad con la que me ostento y por señalado como domicilio para recibir notificaciones con motivo de esta petición, el que he dejado precisado al inicio de este escrito, debiendo tener por autorizados para tales efectos, a los profesionistas que menciono en el preámbulo de este ocurso.

SEGUNDO. Atento al contenido de esta petición, liberar a mi representado del adeudo contraído por su madre quien en vida llevó el nombre de [____________ ___________ __________], con motivo del crédito número [_________], que le fue otorgado por ese H. Instituto, para adquirir la vivienda ubicada en [_____________ _______________ _______________-___________ __________________ ___________________ _______________].

TERCERO. Adjudicar y escriturar a nombre del C. [____________ ___________ __________], libre de todo gravamen y limitación, la vivienda ubicada en [_____________ _______________ _______________-___________ __________________ ___________________ _______________].

PROTESTO LO NECESARIO

[________________], a [__] de [_________] del año [____].

[____________ ___________ __________]

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