Cambio de paradigma en Pensiones de orfandad y de viudez
La Segunda Sala de la SCJN declaró inconstitucionales los artículos 153 y 157 de la derogada Ley del Seguro Social de 1973, por violar el derecho a la igualdad. Estos artículos establecían porcentajes desproporcionados, otorgando el 90% de la base de cálculo a la pensión de viudez y solo el 20% por hijo para la orfandad. El máximo tribunal determinó que, si bien viudos y huérfanos no están en situación idéntica, sí son análogos por su dependencia económica del trabajador fallecido. La Corte consideró que la distinción se basaba en un modelo tradicional de familia ya superado, sin una justificación constitucional válida, ordenando una distribución equitativa que no supere el tope legal establecido.