Amparo contra TEPJF en INE
El Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito determinó que procede el juicio de amparo directo contra sentencias de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación cuando resuelven sobre derechos laborales de personas trabajadoras del INE. El criterio se fundamenta en que dichas controversias no pertenecen, en estricto sentido, a la materia electoral, sino laboral. El análisis se basa en el artículo 61, fracción IV, de la Ley de Amparo, cuya causal de improcedencia solo aplica a actos electorales. Se invoca la jurisprudencia P./J. 10/2019, que distingue entre materias electoral y laboral, y se declara inaplicable jurisprudencia previa contraria. La decisión garantiza el acceso a la justicia laboral, al no existir recurso ordinario contra las sentencias del Tribunal Electoral en estos casos.