Tribunal Colegiado vs autoridad responsable

En el amparo directo, las decisiones de la autoridad responsable (como el emplazamiento por edictos o la suspensión del acto reclamado) no vinculan al Tribunal Colegiado de Circuito. Un caso concreto ilustra esta premisa: la autoridad ordenó emplazar a la parte tercera mediante edictos sin costo para el quejoso, pero el tribunal federal revisó el caso y determinó que, de no localizarse el domicilio, los gastos serían asumidos por el demandante. El Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil confirmó que, conforme a los artículos 107 constitucional y 34 de la Ley de Amparo, el Tribunal Colegiado tiene competencia exclusiva para resolver el juicio, pudiendo modificar lo decidido previamente por la autoridad responsable, la cual solo actúa como auxiliar de la Justicia Federal.

Derechos en compras por internet: SCJN

La Primera Sala de la SCJN determinó que, en compras por Internet, la simple publicación de políticas de compra y entrega en un sitio web no implica que el consumidor las haya aceptado. Para que sean vinculantes, debe acreditarse que el usuario tuvo oportunidad de conocerlas al momento de la transacción. Esto se basa en el Código Civil Federal (consentimiento informado) y la Ley de Protección al Consumidor (cláusulas visibles en contratos de adhesión). En el caso analizado, una empresa negó la entrega de boletos por un cargo no cobrado, pero la Corte falló a favor del comprador al no probarse que conocía el requisito. El criterio obliga a empresas a garantizar visibilidad de condiciones antes del pago, protegiendo los derechos de los usuarios.

Escrito Solicitando la Revocación de un Auto  

El escrito solicita la revocación de un auto judicial que admitió un recurso de apelación solo en efecto devolutivo, ignorando la solicitud expresa del quejoso de admitirlo en ambos efectos (suspensivo y devolutivo), conforme al artículo 696 del Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México. Se argumenta que el auto viola el artículo 55 del mismo código, al alterar indebidamente las normas procesales. El recurso de revocación busca que el juez revoque el auto impugnado y emita uno nuevo ajustado a derecho. El modelo incluye estructura jurídica clara, fundamentación legal y peticiones precisas, siendo útil para abogados que enfrenten resoluciones contrarias a normativas procesales.

Usurpación de profesiones en Edomex

El delito de usurpación de profesiones, previsto en el artículo 176, fracción II, del Código Penal del Estado de México, fue analizado por la Primera Sala tras un caso donde una persona sin título ejerció ilegalmente la abogacía. El condenado alegó que el tipo penal violaba el principio de taxatividad (falta de claridad) y el derecho a la no autoincriminación. Sin embargo, el tribunal determinó que la norma es clara y precisa, pues describe sin ambigüedades la conducta prohibida: *»atribuirse conocimientos profesionales sin título»*. Asimismo, rechazó que vulnerara derechos constitucionales, ya que no obliga al imputado a autoinculparse. El fallo reafirma la importancia de que solo profesionales titulados ejerzan actividades reguladas, garantizando seguridad jurídica.

Error en demanda de amparo

En el juicio de amparo directo, puede presentarse el caso en que la demanda se promueva en representación de otro, pero su contenido integral revele que el promovente actúa por derecho propio. Ante esta discrepancia, el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur determinó que los jueces deben suplir el error, privilegiando el fondo sobre la forma. Este criterio se basa en el artículo 76 de la Ley de Amparo y la jurisprudencia P./J. 24/96 de la SCJN, que exigen una interpretación liberal de las demandas para garantizar el acceso a la justicia (artículo 17 constitucional). La decisión evita que tecnicismos procesales obstaculicen la protección efectiva de los derechos fundamentales.