EDesvío de Recursos sin Beneficio Personal es Sancionable
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la falta administrativa de desvío de recursos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRASP) es compatible con los tratados internacionales. Se determinó que, a diferencia del ámbito penal, la norma administrativa nacional no requiere acreditar que el servidor público obtuviera un beneficio personal para sí o un tercero. Lo esencial y reprochable, tanto para la ley mexicana como para los convenios internacionales, es que los recursos públicos se hayan desviado del fin legal al que estaban destinados. Este criterio fortalece el marco jurídico de combate a la corrupción al ofrecer claridad y certeza en la aplicación de sanciones administrativas.