Pena proporcional en el Abuso de autoridad

El delito de abuso de autoridad contra subalterno, sancionado con 8 a 12 años de prisión según el artículo 339, párrafo segundo, fracción II, del Código Penal del Estado de México, fue analizado por la SCJN para determinar su proporcionalidad. La Primera Sala concluyó que la pena no viola el principio de proporcionalidad de las penas (artículo 22 constitucional), ya que es similar a las impuestas por otros delitos de corrupción que protegen el correcto funcionamiento de la administración pública. Este fallo refuerza la lucha anticorrupción y armoniza con el Sistema Nacional Anticorrupción, destacando la importancia de sancionar con rigor los actos de abuso de autoridad para garantizar la integridad en el servicio público.

 Recusación: ¿Quién decide su validez?

La recusación es un mecanismo jurídico que garantiza el derecho a una justicia imparcial. Recientemente, la Segunda Sala de la SCJN resolvió un conflicto de criterios entre un Pleno Regional y un Tribunal Colegiado de Circuito, estableciendo que la calificación de los requisitos de procedibilidad de una recusación debe ser realizada por un órgano diverso al recusado. Este criterio, basado en los artículos 51, 57, 59 y 60 de la Ley de Amparo, refuerza la imparcialidad al evitar que el órgano recusado evalúe su propia inhibición. La decisión asegura que las recusaciones sean tramitadas de manera objetiva, garantizando el acceso a la justicia y la seguridad jurídica. Este fallo es un precedente clave para abogados y órganos jurisdiccionales en México.

Interés Jurídico en el Juicio Contencioso Administrativo

El interés jurídico en el juicio contencioso administrativo es esencial para impugnar actos administrativos que afectan derechos e intereses. En un caso reciente, un coproprietario de un inmueble impugnó la autorización para operar una parte del mismo como recinto fiscalizado, argumentando que no dio su consentimiento para el contrato de arrendamiento. El Tribunal Colegiado de Circuito determinó que para que la subdivisión de un inmueble en copropiedad sea válida, se requiere el permiso de las autoridades y que se eleve a escritura pública. Si no se cumple con estos requisitos, el coproprietario tiene interés jurídico para impugnar la autorización.

Las medidas en divorcios sin causa

En los juicios de divorcio sin expresión de causa en Sonora, las medidas provisionales, como la separación del domicilio conyugal, pueden subsistir más allá de la disolución del vínculo matrimonial. Este criterio, establecido por el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, señala que el juicio no concluye hasta que se resuelvan todas las pretensiones, como la liquidación de la sociedad conyugal. Aunque la legislación local no regula esta figura, se aplica la jurisprudencia de la Suprema Corte, que prioriza principios como unidad y celeridad procesal. Las medidas cautelares garantizan derechos durante el proceso completo, protegiendo a las partes hasta que todas las consecuencias del divorcio queden definidas.

Amparo indirecto en casos de violencia familia

La Primera Sala de la SCJN determinó que el amparo indirecto es procedente contra la declinación de competencia en casos de violencia familiar, incluso si la autoridad declarada competente no se ha pronunciado. Este criterio excepcional, basado en la jurisprudencia P./J. 17/2015 (10a.), busca garantizar el acceso efectivo a la justicia para mujeres y niñas víctimas de violencia. Al considerar el contexto de violencia familiar, se evita que las reglas procesales de competencia generen un impacto diferenciado que afecte su seguridad e integridad. Este precedente refuerza la importancia de juzgar con perspectiva de género e infancia, priorizando el interés superior de la niñez y la tutela jurisdiccional efectiva.