Principio de Progresividad y la Prohibición de Regresividad para Actos Legislativos

El principio de progresividad de los derechos humanos exige que el Estado avance en la protección de estos derechos, estableciendo un nivel mínimo de protección que no puede ser regresivo. La prohibición de regresividad impide que los actos legislativos limiten el alcance de derechos previamente reconocidos. A través de un juicio de amparo indirecto, se analizó la derogación de la Ley Federal de Cinematografía y la extinción del FIDECINE, argumentando que representaba una violación al principio de no regresividad. Para evaluar esta violación, se deben considerar el nivel de protección anterior, los cambios realizados y sus efectos. La regresión sólo puede justificarse si las autoridades demuestran esfuerzos suficientes para satisfacer el derecho en cuestión.

Reconvención en el Juicio Ejecutivo Mercantil Oral: ¿Por qué el Artículo 1390 Ter 3 del Código de Comercio no vulnera el derecho de acceso a la justicia?

El artículo 1390 Ter 3 del Código de Comercio establece que la reconvenión no es admisible en el juicio ejecutivo mercantil oral, dado que desnaturalizaría su propósito sumario y especializado. Estos juicios buscan garantizar celeridad en el cobro de créditos respaldados por documentos con fuerza ejecutiva, evitando controversias ajenas al título base de la acción. Según la Primera Sala de la SCJN, esta restricción no vulnera el derecho de acceso a la justicia, ya que las pretensiones de la parte demandada pueden ventilarse en otro procedimiento. Las excepciones admitidas se limitan a cuestionar la naturaleza del documento ejecutivo. Este criterio refuerza la seguridad jurídica y la eficiencia procesal, asegurando que cada conflicto se resuelva en el marco adecuado.

Un hombre también tiene derecho a demandar pensión alimenticia.

Un hombre también tiene derecho a solicitar pensión alimenticia y compensación económica tras la disolución de un matrimonio o concubinato si su rol principal fue el cuidado familiar y las labores del hogar. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que el artículo 342-A del Código Civil de Guanajuato permite que cualquiera de los cónyuges pueda demandar esta compensación económica, sin importar su género. La ley busca evitar estereotipos de género y reconocer que ambos pueden desempeñar labores domésticas, legitimando el derecho a resarcimiento económico para quien haya quedado en desventaja patrimonial. La SCJN considera que este derecho debe basarse en el papel desempeñado en el hogar, no en el género del solicitante.

¿Por qué se puede considerar copias simples las copias presentadas en amparo?

En el juicio de amparo, los documentos digitalizados presentados electrónicamente sin manifestación bajo protesta de decir verdad de ser copias íntegras e inalteradas deben valorarse como copias simples. La falta de esta manifestación no obliga a reponer el procedimiento, sino que corresponde al quejoso acreditar su interés jurídico con los documentos presentados. Este criterio, sustentado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, establece que la carga probatoria recae en el promovente y que el requisito de la protesta tiene como objetivo garantizar la autenticidad de los documentos y la certeza jurídica del procedimiento. La omisión de la protesta no afecta la validez de los documentos, pero sí limita su valor probatorio.

Juicio de Amparo Indirecto: La Importancia de Corroborar la Identidad de la Quejosa en Casos de Equiparación

En el juicio de amparo indirecto, cuando la quejosa se ostenta como persona tercera extraña al juicio por equiparación y existen indicios de que compareció en el juicio de origen omitiendo uno de sus nombres, el Tribunal de Amparo debe corroborar de oficio si se trata de la misma persona. Para ello, debe recabar pruebas idóneas como la CURP, credencial de elector o acta de nacimiento, y dar vista a las partes para garantizar su derecho de defensa. Este criterio, establecido por el Tribunal Colegiado de Circuito, refuerza la importancia de analizar con rigor las causales de improcedencia, asegurando que el juicio de amparo se resuelva de manera justa y conforme a derecho.