La discriminación se define como la acción u omisión de negar o limitar el goce y ejercicio de derechos humanos y libertades fundamentales a las personas, basándose en motivos como el origen étnico o nacional, la raza, el género, la preferencia sexual, la edad, entre otros.
En México, en materia federal el Código Penal Federal tipifica el delito de discriminación en el artículo 149 Ter, y establece sanciones para quienes lo cometan de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa al que por razones de origen o pertenencia étnica o nacional, raza, color de piel, lengua, género, sexo, preferencia sexual, edad, estado civil, origen nacional o social, condición social o económica, condición de salud, embarazo, opiniones políticas o de cualquier otra índole atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas.
Entre las conductas que se consideran discriminatorias se encuentran: la negación de un servicio o una prestación a la que tenga derecho una persona; la negación o restricción de derechos laborales o educativos, principalmente por razón de género o embarazo; y la limitación de un servicio de salud, principalmente a la mujer en relación con el embarazo.
Es importante señalar que, si el autor de la conducta discriminatoria es un servidor público que niega o retarda a una persona un trámite, servicio o prestación a que tenga derecho, se aumentará en una mitad la pena prevista en el primer párrafo del artículo 149 Ter, y además se le impondrá destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta.
Sin embargo, no todas las medidas tendentes a la protección de los grupos socialmente desfavorecidos son consideradas discriminatorias. Además, cuando las conductas a que se refiere este artículo son cometidas por personas con las que la víctima tenga una relación de subordinación laboral, la pena se incrementará en una mitad. También se incrementará la pena cuando los actos discriminatorios limiten el acceso a las garantías jurídicas indispensables para la protección de todos los derechos humanos.
Es importante destacar que este delito se perseguirá por querella, lo que significa que la persona agraviada debe presentar una denuncia para que se inicie el proceso judicial correspondiente.
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