Violencia en el Noviazgo Adolescente: Obligaciones de Autoridades para Proteger Derechos Humanos 

La violencia en el noviazgo entre adolescentes es una problemática que exige atención urgente por parte de los órganos jurisdiccionales y administrativos, quienes deben identificar y prevenir sus manifestaciones para garantizar la protección efectiva de los derechos humanos de las personas jóvenes. Un caso reciente, analizado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, ilustra cómo las autoridades educativas y judiciales están obligadas a actuar con perspectiva de género e infancia ante este fenómeno.

El caso

Una estudiante del Colegio de Ciencias y Humanidades de la UNAM presentó una queja ante la Defensoría de los Derechos Universitarios por actos de violencia de género cometidos por un compañero adolescente. Tras el procedimiento correspondiente, el director del plantel impuso medidas de protección y suspendió por seis meses los derechos escolares del estudiante acusado. El Tribunal Universitario confirmó la sanción al determinar que existió responsabilidad disciplinaria grave por violencia psicológica, aunque no se acreditó la violencia sexual. El estudiante sancionado promovió un amparo indirecto, pero el Juzgado de Distrito lo negó, considerando que la resolución universitaria estaba debidamente fundada, motivada, y que se respetó su derecho de audiencia, además de que la sanción resultaba proporcional.

El criterio jurídico

Este Tribunal Colegiado estableció un criterio claro: los órganos jurisdiccionales y administrativos deben identificar y prevenir las manifestaciones de violencia en el noviazgo adolescente para proteger sus derechos humanos. Esta obligación surge de la naturaleza progresiva y cíclica de este tipo de violencia, que, de no atenderse oportunamente, puede escalar hacia consecuencias irreparables.

¿Por qué es crucial actuar con perspectiva de género e infancia? 

La violencia en el noviazgo adolescente sigue patrones que generan dependencia y vulnerabilidad en la víctima. Según la Encuesta Nacional sobre Violencia en el Noviazgo (ENVIN), un alto porcentaje de adolescentes ha sufrido violencia psicológica, sexual o física en sus relaciones. Sin embargo, esta situación suele minimizarse o justificarse por estereotipos de género y concepciones erróneas sobre el «amor romántico» y el control, lo que impide su reconocimiento oportuno.

El ciclo de violencia en el noviazgo típicamente incluye:

  1. Fase de tensión: Acumulación de conflictos y control.
  2. Fase de agresión: Estallido de violencia (física, psicológica o sexual).
  3. Fase de reconciliación: Períodos de calma seguidos de promesas de cambio.

Este ciclo no se rompe espontáneamente; por el contrario, tiende a intensificarse, aumentando el riesgo para la víctima.

Las autoridades, especialmente en el ámbito educativo y judicial, deben:

– Implementar estrategias de prevención: Programas de sensibilización en escuelas y comunidades que desnormalicen la violencia y promuevan relaciones saludables.

– Capacitar a funcionarios: Para que identifiquen patrones de violencia (como el aislamiento, los celos extremos o la humillación constante), aun cuando no existan denuncias formales.

– Actuar con proporcionalidad y celeridad: Como ocurrió en el caso UNAM, donde las medidas de protección y la sanción se aplicaron tras un procedimiento que garantizó el derecho de audiencia.

– Considerar el impacto a largo plazo: Las decisiones administrativas y judiciales deben evaluar cómo la violencia afecta el desarrollo integral del adolescente y su futuro ejercicio de derechos.

Conoce el Criterio:

“Registro digital: 2031276

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Undécima Época

Materias(s): Común, Constitucional

Tesis: II.1o.A.31 K (11a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación.

Tipo: Aislada

VIOLENCIA EN EL NOVIAZGO ENTRE ADOLESCENTES. LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES Y ADMINISTRATIVOS DEBEN IDENTIFICAR Y PREVENIR LAS MANIFESTACIONES RELATIVAS PARA PROTEGER SUS DERECHOS HUMANOS.

Hechos: Una estudiante del Colegio de Ciencias y Humanidades presentó queja ante la Defensoría de los Derechos Universitarios de la Universidad Nacional Autónoma de México por actos de violencia de género cometidos por otro compañero, ambos adolescentes. Sustanciado el asunto, el director del plantel impuso medidas de protección y suspendió por seis meses los derechos escolares del estudiante acusado. Asimismo, una vez remitido el asunto al Tribunal Universitario, éste determinó que el alumno incurrió en una responsabilidad disciplinaria grave por actos de violencia psicológica, sin que hubiera quedado acreditada la violencia sexual, por lo que confirmó la suspensión impuesta por la Dirección del plantel. El estudiante promovió en su contra amparo indirecto. El Juzgado de Distrito lo negó al estimar que la resolución universitaria estaba debidamente fundada y motivada. De igual manera consideró que se había respetado el derecho de audiencia del quejoso y que la sanción era proporcional y justificada conforme a la normativa aplicable.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los órganos jurisdiccionales y administrativos deben identificar y prevenir manifestaciones de violencia en el noviazgo entre adolescentes para proteger sus derechos humanos.

Justificación: La violencia en el noviazgo adolescente es una problemática social que exige la implementación de medidas de prevención y protección para garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos. Por ende, los órganos jurisdiccionales y administrativos deben analizar este fenómeno con una perspectiva de género e infancia, a fin de identificar los patrones de violencia que generan dependencia y vulnerabilidad en la víctima. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Violencia en el Noviazgo, un alto porcentaje de adolescentes ha sido víctima de violencia psicológica, sexual y física en sus relaciones. Sin embargo, esta situación suele minimizarse o justificarse bajo estereotipos de género y concepciones erróneas sobre el amor y el control, lo que impide su reconocimiento oportuno y su prevención. La violencia en el noviazgo sigue un patrón cíclico con fases progresivas que generalmente agravan la situación de la víctima. Este ciclo no se rompe, sino que generalmente evoluciona hacia una escalada de violencia en la que los episodios se intensifican. En este sentido, es fundamental que las autoridades, especialmente en el ámbito educativo y judicial, implementen estrategias de prevención, sensibilización y atención para evitar que la violencia en el noviazgo adolescente escale y genere consecuencias irreparables. Por tanto, es necesario adoptar medidas eficaces para erradicar esta problemática para asegurar que las decisiones judiciales y administrativas consideren su impacto y velen por la protección efectiva de las personas adolescentes.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo en revisión 520/2023. 23 de mayo de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Julia María del Carmen García González. Secretario: Édgar Salgado Peláez.

Esta tesis se publicó el viernes 19 de septiembre de 2025 a las 10:28 horas en el Semanario Judicial de la Federación.”

 

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