Retractación de testigos de cargo en el sistema penal acusatorio y oral
La retractación de testigos de cargo es incompatible con los principios de contradicción e inmediación del sistema penal acusatorio y oral. Un testigo que en juicio proporciona una versión distinta a la rendida en la investigación genera contradicciones, no una retractación. Según el Cuarto Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, solo las pruebas presentadas directamente en audiencia tienen valor probatorio, salvo excepciones específicas, como la incapacidad del testigo o su incomparecencia atribuible al acusado. Las declaraciones previas pueden leerse en juicio únicamente para aclarar o superar discrepancias, pero no sustituyen la versión rendida ante el tribunal. Aplicar incorrectamente estos principios permitiría decisiones arbitrarias, afectando el proceso adversarial y el derecho de defensa.