El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en Juegos con Apuestas y Sorteos
El cálculo del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en juegos con apuestas y sorteos debe realizarse aplicando la tasa del 30 % al valor total de las cantidades efectivamente percibidas, una vez descontados los premios pagados y las devoluciones a los participantes, según el criterio del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito. Este procedimiento, fundamentado en el artículo 18 de la Ley del IEPS, establece que las deducciones deben efectuarse antes de obtener la base gravable, garantizando un cálculo proporcional y justo. La resolución aclara las dudas legales sobre el momento exacto de la aplicación de la tasa y asegura el cumplimiento de los principios tributarios de certeza y equidad, alineándose con las disposiciones fiscales vigentes.