¿Cómo funcionan los Albergues Privados en la Ciudad de México?
En esta entrada, continuaremos nuestro análisis sobre los albergues privados en la Ciudad de México, centrándonos en su funcionamiento de acuerdo con la Ley de Albergues Privados para las Personas Adultas Mayores del Distrito Federal (LAPPAMDF).
¿Qué son los albergues privados?
Los albergues privados son establecimientos con patrimonio privado que ofrecen una variedad de servicios, como alojamiento, alimentación, cuidado geriátrico, gerontología, atención médica y asistencia, tanto de manera temporal como permanente o esporádica, a personas de la tercera edad (artículo 2, inciso).
Funcionamiento de los albergues privados
El funcionamiento de los albergues privados se rige por un contrato de prestación de servicios, el cual debe ser acordado entre el administrador del albergue y el adulto mayor o, en caso necesario, por su representante legal, ya sea el cónyuge o un familiar por consanguinidad, parentesco legal o la autoridad competente (artículo 15). Es importante destacar que no se puede celebrar dicho contrato si el adulto mayor expresa su oposición, y en ningún caso se puede obligar al adulto mayor a recibir servicios si no lo desea (artículo 15).
Características del contrato de prestación de servicios
El contrato de prestación de servicios debe contener información esencial, como:
- La evaluación médica inicial del adulto mayor para determinar su nivel de independencia o dependencia.
- Los costos por concepto y la periodicidad de los pagos.
- Los derechos y obligaciones tanto del adulto mayor como de sus familiares, visitantes y del albergue privado.
- El régimen de visitas de familiares y amigos.
Reglamento interno
Los albergues privados deben elaborar un reglamento interno que cumpla con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y con la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal. Este reglamento debe abordar aspectos como las condiciones de convivencia, horarios de visitas y todos los detalles relacionados con los servicios que ofrece (artículos 48, 49 y 51).
Obligaciones de los albergues privados
Los albergues privados tienen diversas obligaciones, que incluyen:
- Someterse a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables (art. 4).
- Otorgar sus servicios sin discriminación de género, etnia, religión o ideología (art. 4).
- Otorgar sus servicios a través de personal calificado y responsable, cuidando siempre de respetar los derechos humanos, así como la dignidad e integridad personal de los residentes (art. 4).
- Abrir y mantener actualizado un expediente individual por Residente, en el que consten las circunstancias personales del Adulto Mayor relativas a su estancia y los servicios que recibe. En dicho expediente se deberá documentar los servicios relacionados a la salud, supervisión y protección que se le brinden durante su estancia (art. 20).
- Practicar una valoración medica a los nuevos residentes admitidos (art. 22).
- Elaborar un inventario de las pertenencias con las que ingresa el nuevo Adulto Mayor admitido, el cual será actualizado durante su estancia y obrará en su expediente individual (art. 23).
- Informar respecto de sus actividades, horarios, reglas, ubicación de los espacios físicos, visitas y todo lo que sea necesario para que el Adulto Mayor tenga una estancia adecuada (art. 24).
- Informar al Residente sobre la atención médica y terapéutica que se le proporcionará, así como sobre la suministración de medicamentos que recibirá, debiendo mantener permanentemente informado sobre estos aspectos al Adulto Mayor y a sus familiares durante todo el tiempo que dure su residencia (art. 25).
- Informar al Residente sobre las actividades de estudio, trabajo, recreación y esparcimiento con que cuenta, por ninguna causa podrá exigir que el Adulto Mayor participe en este tipo de actividades (art. 26).
- Informará al Adulto Mayor sobre los servicios asistenciales que se encuentran a su alcance (art. 27).
- Contar con el personal profesional calificado, para atender a los residentes de acuerdo a sus condiciones personales, al nivel de cuidado y a los servicios que se le prestarán (art. 32).
- Deberá contar con todos los datos que permitan la identificación y localización del personal que contrate y, en su caso, tendrá la obligación de poner de inmediato a disposición de la autoridad competente que se los requiera (art. 33).
- El personal del albergue deberá brindar sus servicios con respeto, esmero, cuidado, prontitud, calidez y alto sentido humano a todos los Residentes, sin hacer distingo alguno entre los mismos (art. 34).
- El personal del albergue guardará la reserva debida, así como la discreción necesaria respecto a los asuntos personales, condiciones personales y de estado físico y mental de los Residentes (art. 35).
Los familiares de los residentes tienen derechos que incluyen:
- Consultar los expedientes individuales de sus familiares y obtener copias de los mismos.
- Visitar a los residentes.
- Llevar a pasear a los residentes fuera de las instalaciones.
- Participar en convivencias familiares organizadas por el albergue.
- Recibir información sobre el estado físico, emocional y psicosocial de los residentes, así como sobre los servicios contratados y las necesidades.
- Obligaciones de los familiares de los residentes
Los familiares de los residentes deben:
- Renovar la ropa de los residentes según las condiciones climáticas.
- Estar atentos a las necesidades de los residentes y proporcionar lo necesario para su estancia.
- Pagar puntualmente las cuotas acordadas en el contrato.
- Llevar a los residentes al médico o al hospital cuando sea necesario para preservar su salud.
- Es importante mencionar que, si los familiares abandonan a un residente durante más de noventa días, el representante legal del albergue privado debe denunciar el caso al Ministerio Público (artículo 47).
En resumen, los albergues privados en la Ciudad de México operan bajo una regulación específica que busca garantizar la calidad de vida y el respeto de los derechos de las personas de la tercera edad. Los contratos, reglamentos internos y obligaciones de los albergues y familiares se diseñan con el propósito de brindar un ambiente seguro y adecuado para los residentes.
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