Obligación de los órganos jurisdiccionales a reconocer a niñas, niños y adolescentes de como sujetos plenos de derechos y garantizar su protección reforzada
En un caso reciente que involucró a adolescentes en un entorno universitario, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito estableció que los órganos jurisdiccionales tienen la obligación ineludible de reconocer a niñas, niños y adolescentes como sujetos plenos de derechos y garantizar su protección reforzada. Este pronunciamiento no solo aclara responsabilidades estatales, sino que redefine cómo debe interpretarse la justicia cuando están involucradas personas en desarrollo.
Hechos del caso
El origen de esta decisión fue una queja presentada por una estudiante del Colegio de Ciencias y Humanidades de la UNAM ante la Defensoría de los Derechos Universitarios. La joven denunció actos de violencia de género cometidos por un compañero, ambos adolescentes. Tras el procedimiento correspondiente, el director del plantel impuso medidas de protección y suspendió por seis meses los derechos escolares del estudiante acusado. Al ser elevado el asunto al Tribunal Universitario, se confirmó la responsabilidad disciplinaria grave del alumno por violencia psicológica (descartándose la violencia sexual), manteniendo la sanción.
Inconforme, el estudiante sancionado promovió un amparo indirecto. Sin embargo, el Juzgado de Distrito lo negó, argumentando que la resolución universitaria estaba debidamente fundada y motivada, que se respetó su derecho de audiencia, y que la sanción era proporcional y justificada conforme a la normativa aplicable.
El criterio jurídico
Frente a esta negativa, el Tribunal Colegiado intervino con una tesis que trasciende el caso concreto: los órganos jurisdiccionales deben reconocer a niñas, niños y adolescentes como sujetos plenos de derechos y garantizarles una protección reforzada. Esto implica que, al resolver cualquier asunto que involucre a personas menores de edad, los jueces deben adoptar un enfoque garantista que priorice su dignidad, autonomía y bienestar.
La justificación de este criterio se arraiga en principios internacionales y nacionales:
- Rol del Estado y las personas adultas: El Estado tiene la obligación de crear condiciones para que niñas, niños y adolescentes ejerzan sus derechos de manera autónoma, conforme a su edad, madurez y nivel de comprensión.
- Perspectiva garantista: Las decisiones judiciales deben evitar cualquier forma de discriminación o vulneración de sus derechos, asegurando que su voz sea escuchada y considerada.
- Autonomía progresiva: Aunque están en desarrollo, los adolescentes son titulares de derechos con capacidad para tomar decisiones propias. Los tribunales deben reconocer esta autonomía y adaptar sus resoluciones a su etapa evolutiva.
Este criterio obliga a los jueces a:
– Evaluar el contexto específico: Analizar la madurez y comprensión del adolescente involucrado, sin estigmatizarlo ni reducirlo a un objeto de protección.
– Priorizar el interés superior del niño: En casos como el analizado, esto implica equilibrar la sanción disciplinaria con garantías de reintegración educativa y apoyo psicológico.
– Fundamentar exhaustivamente: Las resoluciones deben explicar cómo se respetó la condición de sujeto pleno de derechos del adolescente, no solo cómo se aplicó la normativa.
La tesis del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito es un recordatorio esencial: la justicia no puede ser neutral cuando trata con niñas, niños y adolescentes. Requiere una mirada sensible que reconozca su titularidad de derechos y su necesidad de protección especial. Este enfoque no solo cumple con estándares internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, sino que fortalece un sistema judicial más inclusivo y humano, donde las decisiones judiciales sean verdaderos instrumentos de garantía y no meros actos formales.
Conoce el Criterio:
“Registro digital: 2031261
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Undécima Época
Materias(s): Común, Constitucional
Tesis: II.1o.A.29 K (11a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.
Tipo: Aislada
NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. OBLIGACIÓN DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES DE RECONOCERLOS COMO SUJETOS PLENOS DE DERECHOS Y GARANTIZAR SU PROTECCIÓN REFORZADA.
Hechos: Una estudiante del Colegio de Ciencias y Humanidades presentó queja ante la Defensoría de los Derechos Universitarios de la Universidad Nacional Autónoma de México por actos de violencia de género cometidos por otro compañero, ambos adolescentes. Sustanciado el asunto, el director del plantel impuso medidas de protección y suspendió por seis meses los derechos escolares del estudiante acusado. Asimismo, una vez remitido el asunto al Tribunal Universitario, éste determinó que el alumno incurrió en una responsabilidad disciplinaria grave por actos de violencia psicológica, sin que hubiera quedado acreditada la violencia sexual, por lo que confirmó la suspensión impuesta por la Dirección del plantel. El estudiante promovió en su contra amparo indirecto. El Juzgado de Distrito lo negó al estimar que la resolución universitaria estaba debidamente fundada y motivada. De igual manera consideró que se había respetado el derecho de audiencia del quejoso y que la sanción era proporcional y justificada conforme a la normativa aplicable.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los órganos jurisdiccionales tienen la obligación de reconocer a las niñas, niños y adolescentes como sujetos plenos de derechos y garantizar su protección reforzada.
Justificación: El papel del Estado y de las personas adultas es generar las condiciones para que las niñas, niños y adolescentes ejerzan de manera autónoma sus derechos, conforme a su edad, madurez y nivel de comprensión. Los órganos jurisdiccionales deben adoptar una perspectiva garantista que asegure que las decisiones judiciales respeten y protejan su dignidad, autonomía y bienestar, evitando cualquier forma de discriminación o vulneración de sus derechos. Por tal motivo, el enfoque de derechos exige el reconocimiento, respeto y conciencia de que los niños, niñas y adolescentes son titulares de derechos, con autonomía propia y con capacidad para tomar sus propias decisiones, características estas últimas que están en proceso de desarrollo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Amparo en revisión 520/2023. 23 de mayo de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Julia María del Carmen García González. Secretario: Édgar Salgado Peláez.
Esta tesis se publicó el viernes 19 de septiembre de 2025 a las 10:28 horas en el Semanario Judicial de la Federación.”
Si te gustó este post no olvides en darle “Like” o compártelo, con ello me ayudarías mucho a continuar con trabajos así. Si tienes algún comentario déjamelo saber en la caja de comentarios, me gustaría saber tu opinión. Suscribirte a mis redes sociales que te dejare a continuación para seguir en contacto y no te pierdas de las nuevas publicaciones.
Te envío un saludo
Facebook: /antitesisjuridica
Instagram: @antitesisjuridica
X (Twitter): @AntitesisJ
Ko-fi: /antitesisjuridica
Conoce los formatos y descárgalos gratis del Blog en:
Palabras Clave:
Derechos de la Niñez; Justicia para Adolescentes; Protección Reforzada; NNA: Sujetos de Derechos; Tribunales y la Niñez; Niños como sujetos de derechos; Protección reforzada infantil; Justicia para adolescentes; Derechos de la niñez; Tribunales y niños; Autonomía progresiva; Garantías infantiles; Niñez y justicia; Protección judicial infantil; Derechos adolescentes.
Niñas niños y adolescentes; sujetos plenos de derechos; protección reforzada; tribunales mexicanos; justicia para adolescentes; autonomía progresiva; derechos de la niñez; violencia de género; caso UNAM; amparo indirecto; Tribunal Colegiado; interés superior del niño; garantías judiciales; derecho de audiencia; sanciones escolares; Convención sobre los Derechos del Niño; perspectiva garantista; dignidad infantil; discriminación cero; derecho mexicano.
Protección reforzada para adolescentes en tribunales; Niños como sujetos de derechos en México; Justicia infantil: obligación judicial en México; Caso UNAM: derechos de adolescentes; Autonomía progresiva en derecho mexicano; Tribunales y derechos de la niñez; Garantías para menores en juicios; Sujetos plenos de derechos: clave judicial; Protección infantil en el sistema mexicano; Derechos de adolescentes en casos legales.


