Un hombre también tiene derecho a demandar pensión alimenticia.

Un hombre también tiene derecho a solicitar pensión alimenticia y compensación económica tras la disolución de un matrimonio o concubinato si su rol principal fue el cuidado familiar y las labores del hogar. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que el artículo 342-A del Código Civil de Guanajuato permite que cualquiera de los cónyuges pueda demandar esta compensación económica, sin importar su género. La ley busca evitar estereotipos de género y reconocer que ambos pueden desempeñar labores domésticas, legitimando el derecho a resarcimiento económico para quien haya quedado en desventaja patrimonial. La SCJN considera que este derecho debe basarse en el papel desempeñado en el hogar, no en el género del solicitante.

Los Problemas del Doxing

El doxing es la práctica de divulgar información personal sin consentimiento, exponiendo a las víctimas a acoso, intimidación y amenazas. Esta práctica, especialmente peligrosa en el entorno digital, utiliza técnicas como el hacking o la recopilación de datos en redes sociales y sitios web. Las consecuencias incluyen daño psicológico y físico, así como la pérdida de privacidad. Para prevenir el doxing, es esencial limitar la información compartida en redes sociales, usar configuraciones de privacidad adecuadas, y monitorear lo que está disponible en internet. Además, es fundamental emplear medidas de ciberseguridad, como contraseñas seguras y el uso de VPN, para proteger nuestros datos personales y reducir el riesgo de ser víctimas de esta creciente amenaza.

¿Por qué se puede considerar copias simples las copias presentadas en amparo?

En el juicio de amparo, los documentos digitalizados presentados electrónicamente sin manifestación bajo protesta de decir verdad de ser copias íntegras e inalteradas deben valorarse como copias simples. La falta de esta manifestación no obliga a reponer el procedimiento, sino que corresponde al quejoso acreditar su interés jurídico con los documentos presentados. Este criterio, sustentado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, establece que la carga probatoria recae en el promovente y que el requisito de la protesta tiene como objetivo garantizar la autenticidad de los documentos y la certeza jurídica del procedimiento. La omisión de la protesta no afecta la validez de los documentos, pero sí limita su valor probatorio.

La Pensión Compensatoria en Casos de Divorcio (Legislación del Estado de Jalisco)

La pensión compensatoria en el Estado de Jalisco es una figura jurídica implícita en el artículo 419 del Código Civil local, que permite su aplicación en casos de divorcio. Aunque la ley no la menciona explícitamente, el tribunal colegiado interpretó el término «alimentos» en sentido amplio, distinguiéndolo de la pensión alimenticia. Esta pensión busca equilibrar las desigualdades económicas cuando un cónyuge se dedicó preponderantemente al hogar y la familia, reconociendo su sacrificio económico. El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito confirmó su validez al señalar que el reclamo de alimentos puede incluir este beneficio. Este criterio refleja la evolución del derecho de familia para garantizar justicia y equidad tras la disolución matrimonial.

La licencia por cuidados médicos no debe limitarse a padres con hijos con cáncer

La licencia por cuidados médicos en México permite a padres trabajadores cuidar de sus hijos en situaciones críticas; sin embargo, actualmente está limitada a casos de cáncer, dejando fuera a familias con hijos que padecen otras enfermedades graves. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que esta restricción es discriminatoria y viola los derechos de igualdad, seguridad y previsión social, ya que no contempla otras enfermedades que también requieren cuidados intensivos. Apoyándose en tratados internacionales, la Corte destaca la importancia de una legislación que incluya enfermedades graves adicionales, asegurando que los padres puedan atender a sus hijos en periodos críticos, hospitalizaciones o tratamientos paliativos, siempre con la intención de proteger el interés superior de los menores.