¿Cuándo Procede el Amparo Directo en Sentencias de Divorcio sin Expresión de Causa?
El amparo directo procede contra sentencias que declaran la disolución del vínculo matrimonial en divorcios sin expresión de causa y resuelven provisionalmente cuestiones como alimentos, según la legislación de Guerrero. Aunque algunos tribunales argumentaron que decisiones provisionales debían impugnarse mediante amparo indirecto, el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil determinó que dichas sentencias son definitivas en su totalidad, al abarcar tanto la disolución como sus consecuencias. Este criterio se respalda en el artículo 170 de la Ley de Amparo y jurisprudencia de la SCJN, que establece que el carácter definitivo de una sentencia incluye todas las determinaciones contenidas en ella, incluso provisionales. Esto garantiza certeza jurídica y permite la revisión integral del fallo mediante amparo directo.