Prueba confesional en amparo indirecto
La prueba confesional por posiciones en amparo indirecto es inadmisible conforme al artículo 119 de la Ley de Amparo , según confirmó un Tribunal Colegiado , alineándose con la tesis 2a. XXXVII/2015 de la SCJN . Esta prohibición se fundamenta en principios como igualdad procesal, idoneidad probatoria y excepcionalidad del juicio de amparo . La confesión judicial provocada resulta improcedente porque los hechos reclamados suelen constar en documentos públicos , y exigir declaraciones precisas a autoridades o partes sería irrazonable. Además, el amparo no es un medio para sustanciar pruebas nuevas, sino un control constitucional sobre actos de autoridad. Así, la exclusión de esta prueba garantiza equidad y eficacia en el proceso, evitando desbalances entre las partes.