Notificación Electrónica en el Juicio de Amparo: ¿Transgrede el Derecho a una Tutela Judicial Efectiva?
La Primera Sala de la SCJN determinó que el artículo 31, fracción III, de la Ley de Amparo, que establece reglas para la notificación electrónica, no viola el derecho a una tutela judicial efectiva y acceso a la justicia. Aunque la notificación electrónica surte efectos el día de la consulta, a diferencia de la personal que surte efectos al día siguiente, esta distinción no genera desigualdad procesal, ya que la vía electrónica es opcional. Las partes que eligen este método asumen sus ventajas y obligaciones, como consultar diariamente el sistema. La SCJN destacó que esta modalidad facilita el acceso a la justicia y refleja el uso de tecnologías para agilizar los procesos judiciales.