Protocolo para emplazar a la víctima en el amparo
La Primera Sala de la SCJN estableció el protocolo obligatorio para emplazar a la víctima del delito como tercera interesada en el juicio de amparo. El criterio, que resuelve una contradicción de tribunales, prioriza los derechos constitucionales de la víctima. Ordena que el emplazamiento debe intentarse primero de manera personal y directa con ella, agotando todos los medios para localizarla. Solo si esto resulta imposible, se podrá notificar por conducto de su asesora jurídica, debiendo acreditarse previamente que esta fue designada formalmente en el procedimiento penal. Esta doctrina garantiza el derecho de defensa y acceso a la justicia de la víctima dentro del amparo.