La Negativa al Aborto por Violación como Tortura

La Primera Sala de la SCJN determinó que negar o condicionar el acceso al aborto por violación constituye tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes. Este criterio surgió del caso de una adolescente a quien la Fiscalía de Hidalgo negó la ILE, exigiendo requisitos inconstitucionales como denunciar antes de saber del embarazo. La Corte invalidó estos obstáculos, argumentando que prolongan intencionalmente el sufrimiento físico y mental de la víctima, extendiendo los efectos del delito. El fallo, basado en estándares internacionales de derechos humanos, obliga a todas las autoridades a garantizar el acceso inmediato a la ILE sin requisitos revictimizantes, basándose únicamente en la palabra de la afectada.

Contestación de Demanda que ejercita la Acción Reinvindicatoria

El modelo presenta una contestación a demanda reivindicatoria en derecho mexicano, donde el demandado niega las pretensiones del actor. Se fundamenta en dos defensas principales:
1. Posesión prolongada: El demandado alega haber poseído el inmueble por años, adquirido mediante contrato privado debidamente ratificado, demostrando buena fe y publicidad.
2. Prescripción positiva: Sostiene que el derecho del actor se extinguió por prescripción, al ejercer posesión continua, pacífica y en concepto de propietario durante el plazo legal.
El escrito incluye la negación de hechos, impugnación de fundamentos jurídicos y excepciones procesales. Todo ello se estructura conforme a las formalidades legales, con sustento en pruebas documentales anexas y respetando el principio de contradicción en juicio.

Cómo evitar la inoperancia Alegatos efectivos en Amparo

Cómo evitar la inoperancia Alegatos efectivos en Amparo ¿Qué es la «inoperancia» en Amparo? Es la falta de eficacia jurídica de los conceptos de violación (alegatos) cuando no cumplen con los requisitos legales para que el juez los analice. Si tus alegatos son declarados «inoperantes», el juez no estudiará el fondo del asunto, aunque el … Leer más

Qué información ambiental debe ser pública en México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la información sobre la cantidad total de emisiones de metano generadas por empresas del sector hidrocarburos es de carácter público. Este criterio, establecido en un amparo, fortalece el principio de máxima publicidad y el derecho de acceso a la información, permitiendo a la ciudadanía verificar el cumplimiento de compromisos ambientales. No obstante, la Corte aclaró que los datos técnicos específicos—como procesos industriales, metodologías y ubicación de infraestructura—pueden clasificarse como reservados por seguridad nacional y secreto industrial. El fallo equilibra así la transparencia con la protección de información sensible estratégica.

Trata de personas sin beneficios preliberacionales

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la prohibición de otorgar beneficios preliberacionales a condenados por el delito de trata de personas no viola los derechos a la reinserción social o el principio de igualdad. El fallo establece que estos beneficios no son un derecho fundamental, sino una facultad legal que el legislador puede restringir para delitos de especial gravedad. La Corte consideró que esta distinción es razonable, dado el impacto profundo de la trata de personas en bienes jurídicos esenciales como la dignidad humana y, particularmente, el interés superior de la niñez. La decisión refuerza el marco de protección a las víctimas y se alinea con los compromisos internacionales de México en la materia.