¿Qué Cambiaría con la Reforma Electoral 2026?
La discusión sobre una posible reforma electoral vuelve al centro del debate público. Más allá de la narrativa política, lo verdaderamente relevante es identificar qué aspectos estructurales del sistema electoral podrían modificarse y cómo impactarían en la representación democrática.
De la propuesta de la reforma se desprenden varios ejes fundamentales que merecen atención:
Integración del Congreso
Uno de los cambios más significativos aparece en la integración de la Cámara de Diputados. El documento plantea mantener un sistema mixto con 508 diputaciones en total, con la siguiente integración:
- 300 por el principio de Mayoría Relativa (MR)
- 200 por el principio de Representación Proporcional (RP)
- 8 por RP elegidos por diáspora mexicana mediante listas cerradas no bloqueadas (sin candidaturas independientes). Cada partido presentará una lista integrada por dos columnas, una con 4 mujeres y otra con 4 hombres, con residencia de más de 3 años fuera del país.
Respecto en la integración de la Cámara de Senadores. La reforma plantea mantener un sistema mixto con 96 escaños en total, con la siguiente integración:
64 elegidos bajo el principio de MR en las entidades federativas (2 por cada estado).
32 de primera minoría, una senaduría por cada entidad.
- Las fórmulas de candidaturas estarán corresponderá a una mujer en compuestas por un hombre y una mujer. La primera persona de la fórmula por lo menos la mitad de las entidades federativas.
- La representación proporcional (32 escaños) se elimina.
- La edad ara ser senadora o senador será de 18 años, para homologar con la requerida para ser diputado
Integración de ayuntamientos
- El Ayuntamiento estará integrado mediante el principio mixto, en la que el presidente municipal será elegido por el principio de MR, y una sola sindicatura elegida por el principio de MR.
- Las regidurías se erigirán con un sistema mixto: MR del 60% y RP de 40% restante. El número de regidurías será proporcional al número de habitantes y no deberá exceder de 10 en aquellos municipios con población menor a 500 mil habitantes y de 15 en donde se supere este número.
Reducción en el financiamiento electoral.
El costo del INE
- Las juntas distritales dejan de ser permanentes y se conformará solo en el año electoral, se unificarías las áreas de organización y capacitación bajo una misma estructura a cargo de un vocal ejecutivo por distrito.
- Las autoridades electorales administrativas dejarán de tener a su cargo exclusivo la educación cívica y no tendrán un área de asuntos internacionales.
El costo de los partidos políticos
- Se reduce en un 25% la bolsa de financiamiento anual para actividades ordinarias de los partidos políticos, ello con la fórmula de 48.75% del valor de la UMA multiplicado por el número de personas en el padrón electoral.
- Durante las campañas la cantidad de 50% del financiamiento ordinario.
Aportaciones privadas (partidos políticos e independientes)
Los recursos públicos asignados a las candidaturas independientes solo pueden destinarse a las campañas electorales y podrán recibir aportaciones privadas, siempre que estas tengan un origen de personas físicas mexicanas.
El límite de aportaciones pasa de 3.3 millones de pesos al año a 850 UMAS al año.
Sistema de Fiscalización
La reforma propone que la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos (nacionales y locales) y de las campañas será exclusiva del INE, bajo las siguientes reglas:
- a) La obligación de reportar y dar aviso de todas las operaciones y actividades realizadas por los partidos políticos y candidatos será ante el INE a través de los órganos supervisores.
- b) Las aportaciones privadas de recursos solo podrán hacerlas personas físicas, identificadas y por medios electrónicos o instrumentos financieros nominativos; no se permitirán aportaciones en especie siempre tienen que ser cuantificadas en moneda nacional.
- c) La información recabada por el INE es confidencial y solo se usa para fiscalización.
- d) Está expresamente prohibido financiarse u operar con bienes, servicios o dinero de origen ilícito.
- e) La ley fija límites y reglas para el uso y comprobación de recursos y exige devolver los remanentes de financiamiento público al final del proceso electoral.
Integración y funcionamiento de los organismos electorales.
- El Consejo General se integrará por 9 personas, 8 consejerías bajo el principio de paridad, que durará un periodo de 9 años sin posibilidad de reelección; concurrirán con voz pero sin voto, los representantes de los partidos políticos, los consejeros del Poder Legislativo y una persona secretaria ejecutiva.
- La estructura de INE estará conformada por:
- Órganos de dirección
- Órganos auxiliares permanentes
- Órganos auxiliares temporales de apoyo funcional o territorial, y
- de vigilancia.
- Las juntas locales y distritales ya no serían permanentes sino sólo para año electoral. Contará con una persona secretaria ejecutiva nombrada con el voto de las dos terceras partes del Consejo General.
- En el ejercicio de sus funciones el INE se conducirá con racionalidad presupuestaria y austeridad republicana
- Las reuniones y sesiones celebradas por los órganos de dirección y sus comisiones serán públicas, con las excepciones que se determinarán en la ley (ejemplo las relacionadas con fiscalización y otras de informaciones confidenciales).
- Las personas consejeras permanecerán en su cargo hasta concluir su período. El 04 de abril de 2026 concluirán funciones 3 personas consejeras, las cuales serán designadas conforme al procedimiento hasta hoy vigente. Hasta el 26 de julio de 2029, el Consejo General estará integrado por 11 personas, luego de esa fecha estará conformado por 9 personas.
Integración y Funcionamiento de los Organismos Electorales
La reforma plantea ajustes relevantes en la estructura, atribuciones y lógica operativa de los organismos electorales.
Reconfiguración institucional
La reforma propone una revisión profunda del modelo de autoridades electorales, enfocándose en:
✔ distribución de competencias
✔ simplificación de estructuras
✔ redefinición de funciones
Integración de los órganos de dirección
La reforma introduce cambios en los mecanismos de integración de los órganos superiores. Entre los aspectos relevantes destacan:
✔ ajustes en criterios de designación
✔ modificaciones en duración de cargos
✔ nuevas reglas de renovación
Facultades y alcance operativo
Otro punto clave es la redefinición de atribuciones. Se observa una tendencia hacia:
✔ mayor delimitación de funciones
✔ reducción de discrecionalidad
✔ ajustes en facultades regulatorias
Modelo de Comunicación Política-Electoral
El segundo eje estratégico de la reforma aborda la comunicación política.
Revisión del sistema de propaganda
La reforma plantea ajustes en la regulación de la propaganda política-electoral. Entre los elementos destacables:
✔ reglas sobre difusión de mensajes
✔ redefinición de límites y prohibiciones
✔ ajustes en tiempos y modalidades
Nuevos criterios regulatorios
✔ contenido de mensajes
✔ responsabilidad de actores políticos
✔ fiscalización de comunicación
Consulta popular
- Unificar las jornadas electivas y consultivas en una misma fecha.
- Eliminar los términos, ingresos, gastos y presupuesto, como objetos de consulta popular. En su lugar deberá decir leyes federales y presupuesto de egresos.
- Se elimina la restricción de realizar consultas populares sobre la materia electoral.
- La restricción para contratar propaganda se amplía a medios o plataformas de difusión masiva.
- El quórum será del 33% (las entidades podrían establecer un quórum más bajo pero no más alto).
- Permite que los partidos participen en sus opiniones y llamamientos en las consultas.
- Adicionar los artículos 115 y 116 constitucional para hacer obligatorio que las entidades federativas establezcan el derecho ciudadano a la consulta municipal y estatal.
- La consulta no comprende impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, multa y otras sanciones pecuniarias municipales.
Diáspora mexicana
Introduce la diáspora mexicana al reformar el artículo 30 de la constitución, entendida como esta como el conjunto de personas de nacionalidad mexicana por nacimiento que residen con fines de permanencia fuera del territorio nacional y que, de forma individual o colectiva, mantienen vínculos jurídicos e identitarios con México.
Con lo anterior pretende reconocer que los integrantes de la diáspora forman parte de la nación mexicana y conservarán los derechos y deberes determinados por el orden jurídico nacional, teniendo la protección de sus derechos humanos a cargo del estado mexicano, a votar y ser votado, participar en los procesos de consulta popular en asuntos de trascendencia nacional, así como en la revocación de mandato, a inmigrar en forma segura y digna al territorio nacional y a su integración social.
La Reforma Electoral 2026 plantea cambios profundos en la arquitectura institucional, financiera y participativa del sistema electoral mexicano. Desde la reconfiguración del Congreso y los ayuntamientos, hasta el reconocimiento de la diáspora y la simplificación operativa del INE, cada modificación, en el papel, pretende responder a una visión de eficiencia, austeridad y ampliación de derechos, sin embargo, hay que esperar los cambios que sufra en su camino y la operación de la misma.
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