Ejemplo Amparo contra el levantamiento del velo corporativo
C. JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO DE
[________________], CON RESIDENCIA EN
[____________________], EN TURNO.
PRESENTE.
[Nombre y apellidos], en mi carácter de apoderado legal de la persona moral denominada [___________________], personalidad que acredito en términos de la escritura pública número [____________], otorgada ante la fe del Licenciado [___________________], Notario Público número [____________] del Distrito [____________], señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en [calle o avenida] número [interior y/o], colonia [colonia], código postal [código postal número y letra entre paréntesis], [alcaldía o municipio y estado de la república]; autorizando para tales efectos a los Licenciados en Derecho [___________________], así como para imponerse de autos a los pasantes de la licenciatura en derecho [___________________], ante Usted, con el debido respeto, comparezco para manifestar:
Que, por medio del presente escrito, vengo a solicitar EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL en contra de los actos de autoridad que más adelante precisaré, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 108 de la Ley de Amparo vigente. Para tal efecto, manifiesto lo siguiente:
I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO
[Nombre y apellidos], con domicilio particular ubicado en [calle o avenida] número [interior y/o], colonia [colonia], código postal [código postal número y letra entre paréntesis], [alcaldía o municipio y estado de la república].
II. NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO
[Nombre del tercero perjudicado].
III. AUTORIDADES RESPONSABLES
Como autoridades ordenadoras:
- Juez Cuarto de lo Civil de Proceso Escrito de la [________], con domicilio en [dirección].
- Tribunal Superior de Justicia del Estado de [estado correspondiente], con domicilio en [dirección].
Como autoridades ejecutoras:
- Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con domicilio en [dirección].
- Diversas instituciones de crédito y casas de bolsa que operan en México, con domicilio en [dirección].
IV. ACTOS RECLAMADOS
a) A la autoridad ordenadora: La resolución mediante la cual se levantó el velo corporativo de la quejosa y se decretaron medidas cautelares en su contra, sin haber sido parte en el procedimiento de origen.
b) A la autoridad ejecutora: La inmovilización de cuentas bancarias y la suspensión de pagos a favor de la quejosa, como resultado de la resolución impugnada.
V. ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO
[nombre ficticio de la empresa], es una sociedad mercantil legalmente constituida y debidamente registrada en el Registro Público de Comercio. Dentro de sus operaciones comerciales, ha mantenido relaciones con diversas entidades financieras y empresas privadas.
En un procedimiento prejudicial iniciado por una entidad financiera contra una sociedad mercantil y una persona física, la Jueza Cuarta de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México decretó diversas providencias precautorias debido al alegado incumplimiento de pago de las demandadas. Entre estas medidas se incluyó la inmovilización de cuentas y la suspensión de pagos.
Posteriormente, la parte acreedora solicitó el levantamiento del velo corporativo, argumentando que la persona física demandada utilizaba diversas empresas, entre ellas la quejosa, para ocultar bienes y evadir sus responsabilidades. La Jueza del conocimiento concedió la solicitud, extendiendo las medidas precautorias a la quejosa sin otorgarle la oportunidad de ser oída y vencida en juicio.
Como consecuencia, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y diversas instituciones financieras ejecutaron las órdenes de inmovilización de cuentas y suspensión de pagos, afectando gravemente la operatividad de la quejosa, quien no había sido parte del procedimiento de origen y no tenía ninguna obligación contractual con la acreedora.
VI. PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS
Artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que garantiza el derecho a la legalidad y al debido proceso.
Artículo 16 de la Constitución, que establece el principio de seguridad jurídica y la prohibición de actos de molestia sin mandamiento legal.
Artículo 5 de la Constitución, que protege la libertad de comercio e industria.
Artículo 17 de la Constitución, que garantiza el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva.
VII. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN
El acto reclamado vulnera el derecho de seguridad jurídica, al debido proceso y a la garantía de audiencia, ya que el levantamiento del velo corporativo y la extensión de las medidas cautelares fueron decretados sin que se hubiera sido parte del procedimiento ni tuviera la oportunidad de defenderse.
Asimismo, la inmovilización de cuentas y suspensión de pagos constituye un acto de molestia que afecta directamente la operatividad de la empresa y su derecho al libre ejercicio del comercio, en contravención del artículo 5 constitucional.
El levantamiento del velo corporativo es una medida excepcional que debe aplicarse únicamente en casos donde se acrediten prácticas fraudulentas y no como una presunción automática ante la existencia de relaciones comerciales entre distintas empresas. Al no haberse realizado un análisis individualizado sobre la situación, se configura una violación al derecho de igualdad ante la ley.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted, Ciudadano Juez de Distrito, atentamente pido:
PRIMERO. Tenerme por presente en los términos de este escrito, mediante el cual promuevo AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL en contra de los actos de autoridad precisados en este libelo.
SEGUNDO. Correr traslado a las autoridades señaladas como responsables para que, en su caso, emitan los informes correspondientes, se fije día y hora para efecto de que tenga verificativo la audiencia constitucional y, previa substanciación del presente Juicio de Garantías, me conceda el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL.
TERCERO. Se me conceda la suspensión provisional y, en su oportunidad, la definitiva del acto reclamado, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran, hasta que se dicte la resolución correspondiente en el presente juicio de garantías.
CUARTO. La suplencia de la queja con fundamento en la fracción III del artículo 79 de la Ley de Amparo, dado que el acto reclamado afecta mi derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso.
PROTESTO LO NECESARIO.
[Nombre y firma del quejoso]
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