La Negativa al Aborto por Violación como Tortura
La Primera Sala de la SCJN determinó que negar o condicionar el acceso al aborto por violación constituye tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes. Este criterio surgió del caso de una adolescente a quien la Fiscalía de Hidalgo negó la ILE, exigiendo requisitos inconstitucionales como denunciar antes de saber del embarazo. La Corte invalidó estos obstáculos, argumentando que prolongan intencionalmente el sufrimiento físico y mental de la víctima, extendiendo los efectos del delito. El fallo, basado en estándares internacionales de derechos humanos, obliga a todas las autoridades a garantizar el acceso inmediato a la ILE sin requisitos revictimizantes, basándose únicamente en la palabra de la afectada.